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abril  26, 2024

(5411) 4371-2806

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Causa Nº 28844 – “L. D. H. c/ Ministerio de Salud s/ medida cautelar autónoma o anticipada” - JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE SAN ISIDRO Nº 2 (Buenos Aires) - 21/07/2021 (Sentencia no firme)

CORONAVIRUS. VACUNACIÓN. GRUPO PRIORITARIO POR EDAD. MEDIDA CAUTELAR. Ordenan proveer lo conducente, en la medida de la disponibilidad de la segunda dosis, a fin de brindar una respuesta a la solicitud de la actora atinente a que le sea aplicada la segunda dosis de la vacuna Sputnik V. Consideración de la avanzada edad y la superación del plazo de tres meses entre la primera dosis de Sputnik V y la segunda no asignada. Art. 12 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires. Tratados internacionales. Art. 22 del Código Procesal Contencioso Administrativo. Ley 27.573 que declara de interés público la investigación, desarrollo, fabricación y adquisición de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19.

Citar: elDial.com - AAC5AD



Publicado el 03/08/2021

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Términos mencionados en este fallo: medida, segunda, buenos, ministerio, disponibilidad, cautelar, prioritario, conducente, respuesta, solicitud.



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