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Expte – N° 89286/2014 - “Piccini, Jorge Javier c/ Fischer, Diego Martín y otro s/daños y perjuicios” – CNCIV – SALA F – 23/11/2021
Publicado por elDial.comDAÑOS Y PERJUICIOS. INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO. VICIO OCULTO DE LA COSA. Acción de reparación de los daños y perjuicios derivados de los vicios ocultos que presentó el inmueble adquirido. Daños edilicios y eléctricos. Relevancia de las pruebas periciales adjuntas. VICIOS REDHIBITORIOS. Art. 2173 CCyC. El vendedor debe sanear al comprador los vicios o defectos de la cosa aunque los ignore. Derecho del deudor a reclamar el exacto cumplimiento de la obligación al demandado. Corresponde que el demandado reintegre al actor las sumas de los trabajos necesarios que debió afrontar para poder habitar la vivienda. No resulta probado que el valor de venta fuera menor al de plaza por los vicios ocultos demostrados.
Citar: elDial.com - AACA21
Publicado el 16/02/2022
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Términos mencionados en este fallo: vicios, perjuicios, vendedor, comprador, defectos, contrato, inmueble, redhibitorios, demandado.