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Expte. N° 99.971 - "B., M. E. s/ materia de otro fuero (adopción)" – CÁMARA DE APELACIÓN EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE DOLORES (Buenos Aires) – 03/02/2022
SUPRESIÓN DE PRENOMBRE DE UN NIÑO. AUTOPERCEPCIÓN. DERECHO A LA IDENTIDAD. Se autoriza la supresión del segundo prenombre de un niño menor de edad. INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO. La identificación con el mismo configura un motivo válido y atendible para tener en cuenta. ASPECTO DINÁMICO DE SU IDENTIDAD forjada con el acompañamiento de su FAMILIA ADOPTIVA. No se encuentran vulnerados ningún aspecto del orden o interés público
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Términos mencionados en este fallo: identidad, prenombre, superior, adopción, supresión.