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Expte. N° JU-7261-2021 – “M M A S/ INCIDENTE (EXCEPTO LOS TIPIFICADOS EXPRESAMENTE)” - CÁMARA DE APELACIÓN EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE JUNÍN (Buenos Aires) – 30/08/2022
INEJECUTABILIDAD DE VIVIENDA. CONCURSOS Y QUIEBRAS. Se rechaza el recurso por el INCIDENTE DE INEJECUTABILIDAD promovido por la actora. RETROACTIVIDAD DE LA LEY. Las deudas contraídas a más de 15 años con anterioridad a la vigencia del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación implican una aplicación retroactiva de la nueva normativa. No se pueden ver afectados los derechos de propiedad de los titulares del crédito al privarles de la posibilidad de ejecutar el único bien integrante del activo falencial
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Términos mencionados en este fallo: código, vigencia, comercial, inejecutabilidad, aplicación, retroactividad, incidente, expresamente, vivienda, contraídas.