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Expte – N° 30624/2014 – “A L. P., J. C. Y OTRO c/ N., P. Y OTROS s/alimentos” – CNCIV – SALA I - 19/09/2022
ALIMENTOS. Abuelo de una menor apela decisorio de grado que rechazó el levantamiento de la inscripción del REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. No se genera en la actualidad una conducta que dé lugar a mantener su inscripción como deudor. HONORARIOS PROFESIONALES. No se colige un marco normativo que permita sujetar el levantamiento de la inscripción ante un REGISTRO DE MOROSOS en resguardo del cobro de los honorarios respectivos cuando ya se ordenó embargo sobre una cuenta bancaria de titularidad del demandado. Por no hallarse deuda pendiente de pago se admite el levantamiento de la medida que ordenó la inscripción del codemandado en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Provincia de Buenos Aires
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