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Expte. N° 131935 – “C M A C/ B D G y otro/a s/ daños y perj. resp. profesional (excluido Estado)” - CÁMARA SEGUNDA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA PLATA (Buenos Aires) - SALA II – 04/08/2022
DAÑOS Y PERJUICIOS. RESPONSABILIDAD PROFESIONAL. Corresponde decretar la SUSPENSIÓN DEL PLAZO para CONTESTAR EL TRASLADO DE LA DEMANDA por resultar ilegible y no seguir un orden que permita leer coherentemente la narración de los hechos que dan inicio al proceso. La codemandada se ha encontrado impedida de especificar las defensas que hubiera podido hacer valer al no tomar efectivo conocimiento de la acción contra ella dirigida. De los archivos adjuntados a la cédula electrónica no se pueden apreciarse cuáles fueron los hechos narrados por la actora
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