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Expte N° 6851/2017 – “Vazquez Silvia Graciela c/ Obra Social de la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina y Otros s/ Despido” – CNTRAB - SALA I – 27/10/2022
RELACIÓN LABORAL. PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL. PRESUNCIÓN DEL ART. 23 BIS. Fallo confirma el decisorio de Primera Instancia y hacen lugar al reclamo actoral. Es responsabilidad del demandado revertir la presunción del art. 23 bis de la Ley de Contrato de Trabajo. El hecho de prestar servicios médicos para la demandada ya presupone la existencia de una relación laboral, independientemente que una de las partes le atribuya la calidad de vínculo comercial.
Citar: elDial.com - AAD16D
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Términos mencionados en este fallo: laboral, servicios, trabajo, contrato, presunción, relación, naturaleza, prestación.