Limpiar filtros

Jurisprudencia

Inicio / Jurisprudencia

mayo  5, 2024

(5411) 4371-2806

Resumen del Fallo Volver >

Expte. N° 93809 - “B., C. G. C/ B., J. B. S/medidas precautorias (ART. 232 del CPCC)” - CÁMARA DE APELACIÓN EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE TRENQUE LAUQUEN (Buenos Aires) – 20/04/2023

MEDIDA PRECAUTORIA. ABORTO. DERECHOS DEL NIÑO POR NACER. Actor solicita una MEDIDA CAUTELAR urgente para que se ordene a la demandada que se abstenga de cualquier práctica que tienda a INTERRUMPIR EL EMBARAZO que cursaría. COLISIÓN DE DERECHOS. PROTECCIÓN DE LA VIDA DEL NIÑO POR NACER Y SUS DERECHOS COMO PADRE. Libre voluntad de la persona gestante frente al deseo y la voluntad expresadas por personas diferentes a ella. Aborto. Estado como garante de la salud pública. Obligación de otorgar una práctica rápida, accesible y segura. La pretensión del actor de obtener legitimación para judicializar el caso en la calidad de ser representante de los derechos de su hijo por nacer se advierte que no es así, en la medida que, para ejercer esa representación, como lo habilitaría el ARTÍCULO 101 DEL CCCN, ese hijo por nacer debería estar reconocido, lo que aquí no surge que haya sucedido. No puede ser atendida la medida cautelar que pretende

Citar: elDial.com - AAD5D8

Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina


Términos mencionados en este fallo: derechos, medida, voluntad, práctica, cautelar, gestante.



SUSCRIBITE PARA VER EL FALLO COMPLETO

LIBROS Y CURSOS JURÍDICOS QUE PODRÍAN INTERESARTE