Limpiar filtros

Jurisprudencia

Inicio / Jurisprudencia

mayo  3, 2024

(5411) 4371-2806

Resumen del Fallo Volver >

Expte. N°9410143 – “D. M. D. O., M. A. – homologación” –JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, COMERCIAL, DE FAMILIA DE RÍO TERCERO (Córdoba) – 28/02/2023 (sentencia firme)

INCUMPLIMENTO DE ACUERDO. Responsabilidad parental. Incumpliendo del padre de un niño del ACUERDO DE RÉGIMEN COMUNICACIONAL. Deber de derecho subjetivo familiar de contenido extrapatrimonial que le impone el deber y otorga la facultad a su titular a mantener un trato directo y frecuente con sus hijos menores de edad. ACUERDO EXTRAJUDICIAL HOMOLOGACIÓN. Incumplimiento reiterado y desinteresado del progenitor. Falta de la debida colaboración por su parte que en el caso se exige. PERJUICIO PSICOLÓGICO al menor de edad. El no cumplimiento del deber de comunicación respecto a su hijo afecta en forma directa los derechos de la progenitora como mujer por ser en la práctica la única encargada del cuidado diario del niño. Configuración de VIOLENCIA DE GÉNERO. Se impone una multa equivalente a la mitad del salario del personal doméstico encargado del cuidado de personas según la página de AFIP a favor de la progenitora por cada mes que no cumpla con el régimen comunicacional

Citar: elDial.com - AAD64E

Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina


Términos mencionados en este fallo: derecho, acuerdo, familiar, incumplimiento, responsabilidad, parental, comunicacional, facultad, mantener, progenitor.



SUSCRIBITE PARA VER EL FALLO COMPLETO

LIBROS Y CURSOS JURÍDICOS QUE PODRÍAN INTERESARTE