Resolución 202/2023 - SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN. Establécese que, con excepción de aquellas notificaciones que se efectúen a través del Sistema Único de Notificaciones (S.U.N) implementado por la Resolución SSN 39.527 del 29 de octubre de 2015 y sin perjuicio de los medios previstos por el Decreto N° 1.759, de fecha 3 de abril de 1972 (T.O. Decreto N° 894/2017), todas las notificaciones dirigidas a los sujetos sometidos al control de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN se realizarán mediante la Plataforma Electrónica de “Trámites a Distancia” (TAD).
Ciudad de Buenos Aires, 25/04/2023
Publicado en el B.O.: 27/04/2023
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