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Número Extraordinario. Suplemento de Derecho de la Propiedad Horizontal, Conjuntos Inmobiliarios y Derecho Inmobiliario Nº 12 – 10 de diciembre de 2020
Citar: elDial.com - CC6A33
Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina
Texto Completo
Número Extraordinario
Suplemento
de Derecho de la Propiedad Horizontal,
Conjuntos Inmobiliarios y Derecho Inmobiliario Nº 12
– 10
de diciembre
de 2020
Por
Jorge C. Resqui Pizarro
Ya han transcurrido casi
nueve meses desde que nos anoticiáramos de la extensión de la
emergencia
pública sanitaria (DNU 260/2020) en razón de la pandemia de Coronavirus
Covid-19 declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS);
estamos ahora
en situación de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio
(DISPO) prorrogado
hasta el 20 del mes en curso (DNU 956/2020), empero siempre hay más
temáticas
de las materias que estudiamos para ofrecerle a los amigos lectores y
los
tribunales aumentan su producción (a la que estuvimos desacostumbrados
por
efecto de la pasada feria judicial extraordinaria), tal como veremos en
la
permanente sección de fallos que este suplemento contiene, de la que
pasaremos
revista más adelante.
Todo ello favoreció para
que, conjuntamente con la Editorial, pensáramos en un número
extraordinario del
Suplemento (el 12° de la tira iniciada en mayo de 2018) y que mejor que
exponerlo en la fecha que, renovadamente, festejamos el Día
de la Democracia,
mientras memoramos aquella jornada única y espléndida del año 1983, en
la que
nuestro pueblo demostró su irreductible voluntad de vivir en libertad y
bajo el
imperio de la ley, amalgamándose - más allá de sus preferencias
partidarias -
en la Constitución, con ferviente júbilo que transitaba desde el
Congreso
Nacional hasta el Cabildo de esta ciudad de la mano de nuestro otrora
presidente electo, Dr. Raúl Ricardo Alfonsín, y de los representantes
populares
que asumían sus obligaciones, dejando atrás la larga y ominosa noche de
los
dictadores.
En medio de la algarabía,
es oportuno comentarles que traemos por aquí.
I.- Doctrina autoral y
judicial, legislación y práctica profesional.
Nuestro mayor colaborador,
el articulista Dr. Zumpano, acerca dos trabajos de
significación. En
primer lugar, avanza en la tesis de las cinco
responsabilidades internas
principales del Consorcio de Propietarios en relación con sus
miembros para
luego derivar en las quince responsabilidades externas subdivididas,
a
su vez, en tres: cinco en relaciones de autoridad,
otras tantas en relaciones
de consumo y las cinco últimas en relaciones
paritarias.
En ese orden, ésta última
categoría enrola a los ajenos a los consorcistas e
incluye a los expuestos,
de allí que se intitule su doctrina Expuestos a riesgos
edilicios o
conductas dañosas de consorcistas. El doctrinario - siempre
fiel a su
visión integralmente consumeril del derecho privado - desarrolla una
excursión
fundada en los preceptos legales de la responsabilidad civil (sus
presupuestos
y los factores de atribución objetivo, subjetivo y colectivo)
contenidos en el
Código unificado, la ley de defensa del consumidor y la normativa local
al
respecto.
En su segunda incursión en
esta edición, nos adentra en las diferencias de la Modificación,
Innovación,
Mejora y Modernización en edificación consorcial,
faciltándonos un sesudo
recorrido por estos institutos con el foco puesto en las normas
aplicables,
tanto en las partes comunes cuanto, en las privativas del soporte
edilicio del
derecho real de la propiedad horizontal común, con sencilla
equiparación en los
conjuntos inmobiliarios.
Paralelamente, otra de las
firmas habituales de nuestra publicación, la profesora Dra.
Desages, nos
trae un análisis detallado de las obligaciones de los
administradores de
consorcios - estableciendo comparación - derivadas del Código
fondal y la
ley de la C.A.B.A. que las regula complementariamente.
Una suerte de hoja de ruta
para el control de la actividad y el compliance
por los profesionales
del derecho.
El Dr. Varano, a su
hora, formula un racconto de las principales
modificaciones traídas por
el Decreto 320/2020 y su continuador 766/2020 a las locaciones
de inmuebles
(recordamos que hemos tratado la cuestión de los alquileres in extenso
durante
el transcurso del actual año, para lo cual pueden consultar las
anteriores
salidas del suplemento), se detiene en sus consecuencias y en la
transición
hacia la finalización de la excepcionalidad.
No descuidamos los
aspectos prácticos que sean útiles para nuestros
seguidores y por eso el
prestigioso académico Dr. Costantino nos aporta un
más que novedoso
escrito judicial referido a la petición de convocatoria a
asamblea
consorcial por el juez en el caso concreto de que coexistan
dos
administraciones (la desplazada y la designada) que pongan en vilo el
orden
funcional y presupuestario del ente jurídico.
Saliendo del corset que en
tiempo pretérito informaba el art. 10 de la derogada ley creadora del
régimen
de PH (la recordada 13.512) y en la actualidad el art. 2063 del CCyCN,
el
especialista marplatense nos muestra cómo puede exponerse - con buen
éxito - un
escenario disruptivo para la persona jurídica y sus integrantes, en lo
que él
denomina como “colapso funcional del consorcio”.
Por nuestra parte,
agregamos dos ppt que intentan facilitar la
aprehensión de conceptos
básicos sobre expensas comunes, su clasificación,
plazos de pago, mora,
intereses, obligados, pautas para la contribución, legitimación,
intervención
de terceros, liberación y privilegios contenidos en el plexo normativo.
A la hora de analizar y
comentar un resolutorio, no dudamos en elegir aquel por el que la
Suprema Corte
de Justicia de Mendoza nos impone lo que queríamos que se dijese sobre
la
hermenéutica del inc. f del art. 2041 del CCyCN,
las cañerías que van
por toda la construcción, quien reputa como su dueño y/o guardián y con
ello
definir el límite de la responsabilidad por los daños ocasionados. Y al
vernos
más que satisfechos por los argumentos esgrimidos por el tribunal, los
mostramos en prieta síntesis.
Es de reconocer que hasta
el momento hemos sido pródigos - si es que vale el término - en
brindarnos a
quienes transitan por estas páginas y recorren los pronunciamientos
judiciales y las novedades legislativas y normativas.
Pues bien,
haciendo nuevamente honor a esa cualidad, en esta ocasión lo somos aún
más.
Casi una treintena de sentencias
judiciales ilustran este número del suplemento ante una más
que variada
diversidad de cuestiones atinentes a nuestras incumbencias, en su gran
mayoría
muy recientes sumadas a otras ya publicadas por la Editorial pero que
por su
resalto merecen una atención especial. Y lo que más engalana a la
sección, en
nuestro parecer, es que provienen en importante porción, de judicantes
del
interior de la República.
De idéntico modo sucede
con la normativa (nacional, de la Ciudad Autónoma y de la PBA), que en
nuestra
actividad aún mantiene una potente impronta referida a la pandemia del
Sars-Cov
2.
Previo a concluir este
acápite de nuestro editorial, vamos a cumplir con los más que merecidos
agradecimientos a quienes han participado con sus ensayos y aportes en
los
cinco números del presente año, los arriba nombrados más l@s colegas
Alimenti,
Beninato Mora, del Cerro, Griffith, Lermer, Moreno Fleming, Ottati Paz,
Quaglia, Sevitz, Turina, y Valobra.
II.- El año en que
vivimos en peligro o...un año más que vivimos en peligro
La emergencia por
la pandemia todo lo cruza. Nuestra profesión - al igual que la inmensa
mayoría
de las actividades - ha sufrido modificaciones y ya nada - o casi -
volverá a
ser como antes. La virtualidad uniforma el trabajo y el soporte
económico de
nuestras especialidades tocó un fondo del cual sólo queda rebotar para
tomar
impulso con el horizonte incierto del año venidero.
En este sentido, ¿que
cambió desde nuestro anterior encuentro?.
En la C.A.B.A. la reapertura
de las obras constructivas por el decreto local 363/2020, que abarca a
la construcción privada y a las personas afectadas a dicha actividad,
quedando de este modo liberado el trabajo sin
límites de superficies. Asimismo, se derogó
por la Resolución
Nº 286/MDEPGC/20 el anterior protocolo de aplicación para
llevar a cabo los trabajos habilitados en estas obras, aprobando un
nuevo
protocolo IF-2020- 24531024-GCABA-DGDYPC, acorde a esta etapa.
Al comentario generalizado
(también replicado por nosotros en ediciones pasadas) de la baja en
dólares
estadounidenses de los costos para la construcción, octubre - último
registro
disponible al cierre de este ejemplar - frenó el descenso para mostrar
un fuerte
aumento ya
que creció
un
6 % de
acuerdo a la Cámara Argentina de la
Construcción.
El incremento acumulado entre enero
y octubre del 2020 fue del 35,5 %.
La encuesta de noviembre de CAMARCO sobre el
impacto Covid-19 en el sector,
arrojó los siguientes resultados: (i) De las obras con contrato vigente al 31
de octubre de 2020, el 59% están con desarrollo normal, el 18% están
demoradas
y otro 10% paralizadas. La proporción de obras con desarrollo normal
aumentó
respecto del mes pasado. En el caso de empresas del AMBA indican que el
50% de
las obras ya están en desarrollo normal; (ii) En el mismo período el 64% de las empresas presentaron
presupuestos u ofertas
de obras públicas y el 40% para obras privadas. En el caso de la obra
pública
mejoró respecto del mes anterior mientras que las obras privadas
mantuvo una
caída; (iii) El 78 % de la empresas consultadas no tuvieron
ninguna adjudicación de obra pública en ese mes.
Respecto de obras privadas también el 78% no tuvo adjudicaciones en
octubre; (iv) El
15% de las empresas tiene personal suspendido bajo convenio UOCRA, el
personal
suspendido viene reduciéndose; (v) En el caso
del personal bajo ley 20.744, el 10% de las empresas tiene personal
suspendido,
en este caso también con una menor cantidad de personal suspendido; (vi) En octubre el 21% de las empresas fueron incluidas en el
programa ATP; (vii) En lo relativo a las expectativas del sector a tres
meses vista, el 26% espera que la actividad aumente, el 40% que se
mantendrá
igual y el 17% creé que la actividad disminuirá. Las expectativas de
mejora
crecieron con respecto al mes anterior; (viii) En referencia
a las medidas tomadas por el gobierno para incentivar la actividad de
la
construcción, el 23% cree que son buenas o muy buenas, el
37% regulares y el 39% malas. La evaluación de las medidas tomadas han
mejorado
de manera significativa el último mes [1](1).
Por otro costado, el Indice
Construya, que
se
elabora mensualmente desde 2002, registró
una nueva suba del 3,84 % con respecto a septiembre último.
Con
esta variación del índice desestacionalizado ya se percibe un
acomodamiento de
la actividad que se irá confirmando conforme vayan pasando los próximos
meses.
“Asimismo, - abundó la
entidad - los
despachos de insumos de las empresas del Grupo (Construya) se ubicaron 15,80%
por encima de los registrados en el
mismo mes del año anterior. Aun
así, en los primeros 10
meses del año el Índice Construya acumuló un descenso de 9,80% en
comparación
con el mismo período de 2019.
Esta suba refuerza la recuperación que había
iniciado en mayo, luego de
que se registrara la caída histórica más abrupta del índice a causa de
la
pandemia/cuarentena por la COVID-19, en abril”.
“En las crisis - enuncia la
publicación especializada Reporte Inmobiliario - el costo de construcción se erige
como el indicador más transparente para medir el desajuste de los
valores de
mercado de las propiedades. Aceptado y reivindicado por las normas de
valuación
internacionales, el costo de reposición es la metodología que
precisamente
sugieren aplicar en condiciones disruptivas de mercado como las que se
viven
desde hace un tiempo y que se profundizaron en este 2020 a partir de la
pandemia y cuarentena”.
Estos costos llevan más de dos años de baja en dólares. En
términos constantes,
los costos actuales son incluso menores a los de la crisis del 2002. De esta forma, llevan un lapso de 29 meses
consecutivos que corren por debajo sin considerar octubre, donde la
brecha
creció aún más, confirma Reporte Inmobiliario.
Desde mayo del 2018 la reducción
promedio medida hasta setiembre es del 31.25 %. En el último año la
baja
promedio alcanza el 45,8 %[2] (2).
Analizando el
costo para cada metro cuadrado vendible de acuerdo a una tipología de edificio entre medianeras de ocho pisos más retiro sobre un
lote de 8,70 mts. de
frente, compuesto por semipisos de dos ambientes, - según la mencionada Reporte Inmobiliario - llegó en septiembre a los $ 69.178,
lo que equivalía al primer día hábil de noviembre de 2020 - a pesos 169 por dólar en el mercado
paralelo de cambio - a U$S 409,34 [3](3).
“La volatilidad evidenciada durante el
último mes por el tipo de cambio blue con una fuerte escalada y luego
una
desaceleración pronunciada que tensiona al tipo de cambio oficial,
sumado a
problemas de producción y distribución provocados por la pandemia y una
mayor
actividad de obras por apertura del ASPO generó durante octubre
distorsiones en
lo que respecta a las listas de precios de ciertos materiales de la
construcción, con dilaciones en entregas y ajuste al alza en los precios”, concluye
Reporte Inmobiliario.
Sin embargo, las
reacciones especulativas no se demoraron en aparecer y ante el
crecimiento de
la demanda y la incertidumbre cambiaria, comenzaron a escasear los
insumos y
productos para la construcción. Eminentemente de fabricación nacional
(lo
importado compone una ínfima parcela de lo que habitualmente se utiliza
o, en
su defecto, responde a altas calidades constructivas) los actores del
sector
retacearon la producción o bien la acopiaron. La respuesta del Estado
no se
hizo esperar: inusitadamente la Secretaría de Comercio Interior
dependiente del
Ministerio de Desarrollo Productivo emitió la Resolución 605/2020 por
la que
intimó a las
empresas que forman parte integrante de la cadena de producción,
distribución y
comercialización de los productos e insumos para la construcción,
incluidos en
el Anexo I de la presente medida (IF-2020-79884233-APN-SSPMI#MDP), a “incrementar su producción hasta el máximo
de su capacidad instalada y a arbitrar las medidas conducentes para
asegurar su
transporte y provisión, durante el plazo de vigencia de la Emergencia
Pública
en materia sanitaria, ampliada por el Decreto N° 260 de fecha 12 de
marzo de
2020 y sus modificatorios”. La sanción por el incumplimiento será
la aplicación de la ley de Abastecimiento (20.680). Toda una paradoja
del
mercado imperfecto que provoca, indefectiblemente, la intervención
estatal para
tratar de recomponer lo impensado.
Los números arrimados por el Colegio
de Escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires son
iguales de
elocuente. La cantidad
total de las
escrituras de compraventa de inmuebles registró en el décimo mes de
2020 una
baja del 19,8 % respecto del nivel de un año antes,
al sumar
2528 registros, mientras que el monto total de las transacciones
realizadas
creció un 10,3%, con $ 22.017 millones. En comparación con
septiembre pasado, las
escrituraciones subieron un 15,9 % (septiembre: 2181 escrituras).
En octubre, hubo 91
escrituras
formalizadas con hipoteca bancaria. Por lo que la
caída en ese sentido
es del 76,4%. Y los primeros 10 meses acumulan una baja de actos
escriturarios con crédito
del 67% [4](4). En contraposición, durante el efímero auge de los créditos UVA se llegaron a firmar 2219
operaciones
con esta característica solo en el mes de marzo de 2018.
Sin dubitaciones, son los
peores registros de
la historia inmobiliaria. La
cantidad de compraventas acumuladas durante los primeros diez meses del
año,
entre enero y octubre, sumaron 13.179, un 52,5 % menos de las 27.736
registradas en el mismo período del ya magro 2019
[5](5).
El
endurecimiento de las restricciones
a
la compra de
dólares
a mediados de septiembre fue uno de los inconvenientes
que influyó dentro del mercado inmobiliario y
repercutió especialmente en octubre, primer mes
completo de vigencia de la normativa. “Hoy el que compra es el que
tiene los
dólares atesorados y consigue un buen precio o aquel que vendió su
propiedad
para comprar otra. Y hay
muchas permutas también: los llamados trueques crecieron un 100%, la
gente
intercambia una casa por otra”, indicaron
desde el Colegio de
Escribanos.
Otra de las particularidades que trajo consigo la
situación epidemiológica es que se “está
acelerando cambios de hábitos en muchos aspectos. Uno de ellos es el
teletrabajo, que junto con la digitalización, están derribando el
paradigma de
vivir en grandes urbes porque allí hay más posibilidades de empleo,
educación y
esparcimiento. Las
facilidades del trabajo remoto animan a muchas familias a mudarse en
búsqueda
de una mayor calidad de vida. También
debido a las
restricciones y falta de créditos, aumentan las permutas de departamentos en el centro
por casas en zonas más alejadas” [6](6).
“Argentina tiene una enorme concentración
poblacional en
el eje de Córdoba, Rosario, Buenos Aires y La Plata. Una gran
megalópolis donde
vive el 40% de la población en una suerte de conurbano extendido, que
concentra
el 70% del flujo de bienes y servicios”, describe Jorge Calzoni, rector
de la
Universidad Nacional de Avellaneda (UNDAV), e integrante del Foro para el Día Después.
“Hoy
el 92% de la población argentina vive en ciudades, con una de las tasas
más
altas de urbanización del mundo, mientras
gran parte de su
extenso territorio está despoblado. Esto tiene razones históricas desde
la
creación del puerto en Buenos Aires, y consecuencias económicas y
sociales como
la concentración de la riqueza y la enorme desigualdad. Los problemas
de esto
los hemos visto agravados desde la pandemia: hay zonas donde se vive
con tal
hacinamiento, que es imposible guardar la distancia social”, remarca[7] (7).
Desde la Cámara de
Servicios Inmobiliarios (CAMESI), apuestan a un blanqueo
de capitales
que permita la reactivación de la inversión, atento a que las
operaciones
financieras han perdido atractivo por su frecuente volatilidad; por lo
que
aconsejan volcarse a los inmuebles, manifestó su Director Comercial,
Mariano
Malbrán [8](8).
Del mismo modo que en el
llamado mercado de la industria de la construcción,
el inmobiliario de
alquileres en la C.A.B.A. sigue un curso sinuoso. Va aumentado el stock
de
viviendas luego del desmedido aumento de precios de las locaciones
prohijado
por la concentración en manos de los poderosos del subsector, que fue
la forma
en que rechazaron la ley 27.551 (que hemos apuntado en en anteriores
ocasiones), mientras que la oferta de locaciones comerciales, oficinas,
grandes
superficies y plantas industriales se ensanchó como consecuencia de la
vacancia
dejada como lastre por la pandemia.
En un
relevamiento global, una vez que se acomodaron los valores, podemos
afirmar que
los alquileres
de los departamentos en la ciudad de Buenos Aires, aumentaron más
en línea
con el índice de inflación. Conteste el último IPC publicado por el INDEC el incremento de los precios
minoristas alcanzó el 37,2 % interanual, siendo el incremento de los 2
ambientes del 34,6% y el de los 3 ambientes del 38,03%.
El valor medio de toda la ciudad para
departamentos de 2
ambientes usados supera en
noviembre de 2020 los $ 20.605.- mientras que las unidades de 3 ambientes cotizan
en promedio cerca de los $ 28.000.- [9](9).
La renta promedio anual bruta de un
alquiler de 2 ambientes usados en la Ciudad se ubicó en el 1,85 % anual,
según surge de comparar los valores del relevamiento trimestral de
valores de
publicación de venta y alquiler que en forma trimestral realiza desde
el año
2005 Reporte Inmobiliario.
Pese a que la renta sigue en mínimos históricos
mejoró con relación a seis meses atrás cuando se ubicaba en el 1,75 %,
debido al
incremento sufrido en los alquileres sobre todo en los últimos meses y
la caída del valor de las unidades que se
dio en el mismo lapso.
“Actualmente,
en la apertura por barrios del cuadro de rentabilidades, se observa que
la
máxima renta anual por alquiler se obtiene en los barrios de
Constitución y San
Cristóbal donde llega al 2.12 %, mientras que el valor mínimo se
registra en
Barrio Norte con el 1,48 % de rentabilidad anual”,
apunta Reporte Inmobiliario [10](10).
Las noticias más
alentadoras para estos mercados, es que el Estado continúa su intento
de
rescate de las empresas que se encuentran muy complicadas con sus
deudas
fiscales.
Así las cosas, por
el decreto de necesidad y urgencia N° 966/2020
(publicado en el B.O.R.A.
del 01/12/2020) se prorrogó hasta el 15 de diciembre de
2020, inclusive, el plazo establecido en
el último párrafo del artículo 8° de la Ley de Solidaridad Social y
Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública
N° 27.541 y
sus modificaciones, para que los contribuyentes puedan acogerse al
Régimen de
Regularización establecido en el Capítulo 1 del Título IV de dicha ley.
Del mismo modo, la Administración
Federal de Ingresos Públicos suspendió la aplicación obligatoria del Sistema
Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE) para el IVA, hasta el día
28/02/2021,
inclusive
(Resolución General AFIP N° 4864/2020); prorrogó la vigencia del régimen de facilidades
de pago de
carácter permanente para la regularización de las obligaciones
impositivas, de
los recursos de la seguridad social y/o aduaneras -así como sus
intereses y
multas- cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentran a
cargo de la
AFIP hasta el 31/12/2020 (R.G. N° 4866/2020); extendió hasta el 31/12/2020, inclusive, la suspensión
de la traba de medidas cautelares para los sujetos que se encuentren
inscriptos en el “Registro de Empresas MiPyMES” y la suspensión de la
iniciación de juicios de ejecución fiscal (R.G. N° 4868/2020) (toda esta
normativa la encontrarán íntegramente en la pestaña pertinente de este
suplemento).
Desde el propio
Estado, la obra pública pretende liderar la reconstrucción
de la
macroeconomía pospandemia. El Ministerio de Desarrollo
Territorial y Hábitat, que ahora conduce el
Ing. Jorge Horacio Ferraresi, en el marco del Plan
Nacional de Suelo Urbano que lleva adelante la Secretaría de
Desarrollo
Territorial, aprobó el financiamiento de diez proyectos para la
generación de
1.935 lotes con servicios.
Estos proyectos
contarán con una inversión de la Nación de 774 millones de pesos y
tendrán
lugar en las ciudades de Salto, Coronel Pringles, Carmen de Patagones,
Benito
Juárez, Castelli, Exaltación de la Cruz, Bolívar, 25 de Mayo, Río
Grande y
Ushuaia.
El Plan Nacional
de Suelo Urbano tiene como objetivo aumentar la oferta de suelo
urbanizado a
precios accesibles para que más familias puedan acercarse al proyecto de la casa propia, a partir de la
adquisición de un terreno y la posterior construcción de una vivienda a
través
de un crédito hipotecario, por autoconstrucción o a partir de la
construcción
desde el Estado.
Es de destacar que hasta el momento, ya han adherido
al mismo diez provincias
y más de cien municipios en todo el país, y se han presentado
solicitudes de
financiamiento para 300 proyectos que buscan la generación de más de
30.000
lotes.
El flamante ministro
- quien fuera primero secretario de obras públicas y luego exitoso
intendente
de su ciudad, la bonaerense Avellaneda, desde 2009 -, en sus primeros
días de
gestión, además de reunirse con varios gobernadores provinciales para
tratar de
articular políticas de vivienda con los mandatarios, mantuvo
conversaciones con
representantes del Frente Nacional de Inquilinos a los fines de
analizar la
reglamentación de la conocida como nueva ley de alquileres
(que entró en
vigencia el 1° de julio de este año) y la situación de los locatarios
que
tienen congelados los precios de sus locaciones, prorrogados los plazos
de los
contratos, diferidas las deudas por falta de pago y/o diferencias de
precio y
suspendidos los desalojos hasta el 31/01/2021 por conducto del DNU N°
766/2020
(que extendió los beneficios del 320/2020). Esta cuestión constituye,
inexorablemente, una brasa caliente para el Gobierno Nacional como para
los
miles de locadores y locatarios inmersos en el sistema.
Finalmente, la propiedad
horizontal (edificios sometidos al régimen y conjuntos
inmobiliarios en
general) mantiene la incertidumbre de los propietarios y/ ocupantes de
las
unidades funcionales en lo relacionado con los costos de mantenimiento
y
sustentación que, lamentablemente, poco se han desacelerado. La única
nota
distinta favorable es que la ingente mora en los pagos de expensas
comunes de
los primeros meses de la crisis sanitaria (especialmente durante la
cuarentena
dura) comenzó lentamente a mermar, aunque se mantiene, en promedio, muy
por
encima comparativamente con las épocas de mayor “normalidad”.
Todo este panorama
que, someramente, hemos tratado de describir es el marco fáctico en el
que se
desenvuelve la complicada tarea de los operadores jurídicos dedicados a
las
lides que nos ocupan. De allí, que el interrogante que nos planteáramos
al
inicio de este parágrafo quizá obtenga disímiles respuestas. Después de
haber
vivido en peligro durante casi cuatro años (con
mayor acentuación desde
el segundo trimestre de 2018), el ciclo que tuvo su alborada en marzo
pasado
profundizó el escozor.
Solo resta sostener
la esperanza y confiar en que las políticas públicas activas con la
participación de la inmensa mayoría de los sectores productivos del
ámbito
privado provoquen el cambio copernicano y virtuoso, que facilite el
salto de
calidad. En ese esquema, la abogacía deberá cumplir un papel
fundamental en el
entramado contractual, el resguardo de la legalidad de los actos y la
solución
no adversarial de los conflictos que arrastra la emergencia.
Para terminar, un
saludo afectuoso a todos nuestros lectores (permanentes y ocasionales),
con el
profundo deseo que estas Fiestas distintas nos encuentren con nuestros
más
íntimos para pergeñar un futuro más armónico y venturoso. Nuestro
especial
reconocimiento a todo el personal de la Editorial que siempre está al
servicio
de nuestros requerimientos, que personificamos en las autoridades,
Dres.
Horacio R. y Martín I. Granero, la directora Dra. Romina A. Lozano y en
la
incansable y más que eficiente editora Dra. María Rosa Steckbaner.
Esperamos,
reanimados, reencontrarnos en estas páginas - solo si Dios así lo
determina -
en los primeros meses de 2021. Hasta entonces.
[3] Cuadro Valores-mensuales-obras-m2 vendible- dólar paralelo-nov-2020 Reporte Inmobiliario. (ingresar)
[4]
Cuadro
Escrituras CABA-octubre-2020 Colegio de Escribanos de la Ciudad.
Reporte
Inmobiliario. (ingresar)
[5] Cuadro Escrituras de compraventas acumuladas anuales Enero-Octubre CABA. Colegio de Escribanos de la Ciudad. Reporte Inmobiliario. (ingresar)
[6]
“Éxodo
porteño: cada vez más
familias se mudan y arrancan de cero a más de 100km de la Ciudad”, por María
Gabriela Ensinck
para La Nación, 26
de Noviembre de 2020 https://www.lanacion.com.ar/propiedades/casas-y-departamentos/exodo-porteno-cada-vez-mas-familias-se-mudan-y-arrancan-de-cero-a-mas-de-100km-de-la-ciudad-nid26112020/
[7]
Idem nota anterior.
Citar: elDial.com - CC6A33
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