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Presentación

 

Por Giselle Corbijn

 

Por Resolución 89/21 de la Autoridad de Cuenca Matanza - Riachuelo (ACUMAR), se creó el “PROGRAMA DE GOBERNANZA AMBIENTAL PARA EL SANEAMIENTO DE LA CUENCA MATANZA RIACHUELO”, a cargo de la Dirección del Consejo Municipal, cuya finalidad es fortalecer la agenda normativa ambiental local y permitir su armonización con la perspectiva regional de cuenca y los objetivos del Plan Integral de Saneamiento Ambiental (PISA) de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo. El Programa busca mejorar la gestión de los residuos, el ordenamiento ambiental del territorio, la conservación de ecosistemas, las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático la cual, en muchos casos, requiere soluciones que trascienden la compartimentalización política comunal, y mejorar la armonización de criterios para una adecuada gestión ambiental de la cuenca.

Publicación en el B.O.: 6 de mayo de 2021.

 

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible creó, mediante Resolución 170/21, el “REGISTRO PÚBLICO ÚNICO DE OPERADORES de FAUNA SILVESTRE”, en el ámbito de la Dirección Nacional de Biodiversidad con la finalidad de registrar a todos aquellas personas humanas o jurídicas que realicen tránsito interjurisdiccional, comercio con tránsito interjurisdiccional, comercio en jurisdicción federal, importación, exportación y reexportación de ejemplares vivos, productos y subproductos de la fauna silvestre. Dicho Registro se crea dentro del marco normativo establecido por el Convenio Sobre Diversidad Biológica, del 5/06/1992, aprobado por Ley 24.375, de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), aprobada por Ley 22.344 y de la Ley de Conservación de la Fauna Nº 22.421, que declaró de interés público la fauna silvestre que temporal o permanentemente habita el Territorio de la República, así como su protección, conservación, propagación, repoblación y aprovechamiento racional.

Publicación en el B.O.: 4 de junio de 2021.

 

Mediante Resolución Nº 244/2021, la Administración de Parques Nacionales se crea el “Programa de Educación Ambiental con el objetivo de fortalecer y operativizar la Política de Educación Ambiental para toda la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES”, con el fin de promover, a través de estrategias de Educación Ambiental apropiadas, prácticas de bajo impacto, a fin de prevenir impactos negativos derivados del uso público de las áreas protegidas. El Programa comprende tareas de articulación entre los equipos de educación ambiental de las áreas protegidas y direcciones regionales, de planificación y realización de campañas educativas, de generación de alianzas con otras instituciones relacionadas con la Educación Ambiental, de capacitación y formación.

Publicación en el B.O.: 9 de junio de 2021.

 

Por Resolución 202/21, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible crea el “Programa de Prevención de Riesgo Ambiental”, con el objetivo de ejercer un efectivo control de los establecimientos y actividades que puedan ocasionar algún riesgo o daño para el ambiente. El Programa comprenderá el desarrollo de una plataforma digital en el marco del Centro de Información Ambiental (CIAM) que funcione como un tablero de control interno y sistematice los datos de los expedientes de la DIRECCIÓN DE MONITOREO Y PREVENCIÓN, junto con la creación de un Mapa Nacional de Riesgo Ambiental embebido con los datos de la UNIDAD DE EVALUACIÓN DE RIESGOS AMBIENTALES de dicha Dirección y el Sistema Integral de Gestión de Garantías Ambientales (SIGGA),  incluirá un Plan de Capacitaciones a los organismos provinciales y autoridades de aplicación local, que tendrá como finalidad trabajar de manera articulada en la implementación de políticas públicas. Señala como objetivos del programa, entre otros, fortalecer las capacidades técnico administrativas de la Autoridad Ambiental de Aplicación local en relación al control del cumplimiento del Seguro Ambiental Obligatorio (SAO) brindando herramientas de gestión ambiental; así como también, identificar las distintas problemáticas que se presentan interjurisdiccionalmente y a nivel provincial.

Publicación en el B.O.: 5 de julio de 2021.

 

Con fecha 15 de julio de 2021, el Poder Ejecutivo Nacional sancionó la Ley27.640 de Marco Regulatorio de Biocombustibles, cuyo art. 1 dispone que “comprende todas las actividades de elaboración, almacenaje, comercialización y mezcla de biocombustibles, y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2030, pudiendo el Poder Ejecutivo nacional extenderlo, por única vez, por cinco (5) años más a contar desde la mencionada fecha de vencimiento del mismo”. Se establece como autoridad de aplicación a la Secretaría de Energía, dependiente del Ministerio de Economía.

Publicación en el B.O.: 4 de agosto de 2021.

 

A través de la Resolución 263/21, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible aprobó el Listado Operativo de Residuos Peligrosos, abarcados por las Categorías Sometidas a Control previstas en el Anexo I de la Ley N° 24.051, con el objetivo de optimizar el sistema de control de la gestión de los residuos peligrosos. Dicho Listado busca beneficiar a los administrados, en tanto que su publicidad contribuye a una estandarización y mejor utilización del sistema de trazabilidad de los residuos peligrosos y efectuar una correcta y precisa identificación de los residuos peligrosos que se traduzca en la posibilidad de evitar o disminuir riesgos para el ambiente y las personas, durante los diferentes estadios que implica la gestión para su eliminación.

 Publicación en el B.O.: 18 de agosto de 2021.

 

 

 

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