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Presentación
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Presentación
Por
Giselle Corbijn
Por
Resolución 89/21 de la Autoridad de Cuenca Matanza - Riachuelo
(ACUMAR), se
creó el “PROGRAMA DE GOBERNANZA AMBIENTAL PARA EL SANEAMIENTO DE LA
CUENCA
MATANZA RIACHUELO”, a cargo de la Dirección del Consejo Municipal, cuya
finalidad es fortalecer la agenda normativa ambiental local y permitir
su
armonización con la perspectiva regional de cuenca y los objetivos del
Plan
Integral de Saneamiento Ambiental (PISA) de la Autoridad de Cuenca
Matanza
Riachuelo. El Programa busca mejorar la gestión de los residuos, el
ordenamiento ambiental del territorio, la conservación de ecosistemas,
las medidas
de adaptación y mitigación al cambio climático la cual, en muchos
casos,
requiere soluciones que trascienden la compartimentalización política
comunal,
y mejorar la armonización de criterios para una adecuada gestión
ambiental de
la cuenca.
Publicación
en el B.O.: 6 de mayo de 2021.
El
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible creó, mediante
Resolución
170/21, el “REGISTRO PÚBLICO ÚNICO DE OPERADORES de FAUNA SILVESTRE”,
en el
ámbito de la Dirección Nacional de Biodiversidad con la finalidad de
registrar
a todos aquellas personas humanas o jurídicas que realicen tránsito
interjurisdiccional, comercio con tránsito interjurisdiccional,
comercio en
jurisdicción federal, importación, exportación y reexportación de
ejemplares
vivos, productos y subproductos de la fauna silvestre. Dicho Registro
se crea
dentro del marco normativo establecido por el Convenio Sobre Diversidad
Biológica, del 5/06/1992, aprobado por Ley 24.375, de la Convención
sobre el
Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora
Silvestres
(CITES), aprobada por Ley 22.344 y de la Ley de Conservación de la
Fauna Nº
22.421, que declaró de interés público la fauna silvestre que temporal
o
permanentemente habita el Territorio de la República, así como su
protección,
conservación, propagación, repoblación y aprovechamiento racional.
Publicación
en el B.O.: 4 de junio de 2021.
Mediante
Resolución Nº 244/2021, la Administración de Parques Nacionales se crea
el
“Programa de Educación Ambiental con el objetivo de fortalecer y
operativizar
la Política de Educación Ambiental para toda la ADMINISTRACIÓN DE
PARQUES
NACIONALES”, con el fin de promover, a través de estrategias de
Educación
Ambiental apropiadas, prácticas de bajo impacto, a fin de prevenir
impactos
negativos derivados del uso público de las áreas protegidas. El
Programa
comprende tareas de articulación entre los equipos de educación
ambiental de
las áreas protegidas y direcciones regionales, de planificación y
realización
de campañas educativas, de generación de alianzas con otras
instituciones
relacionadas con la Educación Ambiental, de capacitación y formación.
Publicación
en el B.O.: 9 de junio de 2021.
Por
Resolución 202/21, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
crea el
“Programa de Prevención de Riesgo Ambiental”, con el objetivo de
ejercer un
efectivo control de los establecimientos y actividades que puedan
ocasionar
algún riesgo o daño para el ambiente. El Programa
comprenderá el
desarrollo de una plataforma digital en el marco del Centro de
Información Ambiental
(CIAM) que funcione como un tablero de control interno y sistematice
los datos
de los expedientes de la DIRECCIÓN DE MONITOREO Y PREVENCIÓN, junto con
la
creación de un Mapa Nacional de Riesgo Ambiental embebido con los datos
de la
UNIDAD DE EVALUACIÓN DE RIESGOS AMBIENTALES de dicha Dirección y el
Sistema
Integral de Gestión de Garantías Ambientales (SIGGA),
incluirá un Plan de
Capacitaciones a los organismos provinciales y autoridades de
aplicación local,
que tendrá como finalidad trabajar de manera articulada en la
implementación de
políticas públicas. Señala como objetivos del programa, entre otros,
fortalecer
las capacidades técnico administrativas de la Autoridad Ambiental de
Aplicación
local en relación al control del cumplimiento del Seguro Ambiental
Obligatorio
(SAO) brindando herramientas de gestión ambiental; así como también,
identificar las distintas problemáticas que se presentan
interjurisdiccionalmente y a nivel provincial.
Publicación
en el B.O.: 5 de julio de 2021.
Con fecha 15
de julio de 2021, el Poder Ejecutivo Nacional sancionó la Ley27.640 de
Marco
Regulatorio de Biocombustibles, cuyo art. 1 dispone que “comprende
todas las
actividades de elaboración, almacenaje, comercialización y mezcla de
biocombustibles, y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2030,
pudiendo
el Poder Ejecutivo nacional extenderlo, por única vez, por cinco (5)
años más a
contar desde la mencionada fecha de vencimiento del mismo”.
Se establece
como autoridad de aplicación a la Secretaría de Energía, dependiente
del
Ministerio de Economía.
Publicación
en el B.O.: 4 de agosto de 2021.
A través de
la Resolución 263/21, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
aprobó
el Listado Operativo de Residuos Peligrosos, abarcados por las
Categorías Sometidas
a Control previstas en el Anexo I de la Ley N° 24.051, con el objetivo
de
optimizar el sistema de control de la gestión de los residuos
peligrosos. Dicho
Listado busca beneficiar a los administrados, en tanto que su
publicidad
contribuye a una estandarización y mejor utilización del sistema de
trazabilidad de los residuos peligrosos y efectuar
una correcta y precisa
identificación de los residuos peligrosos que se traduzca en la
posibilidad de
evitar o disminuir riesgos para el ambiente y las personas, durante los
diferentes estadios que implica la gestión para su eliminación.
Publicación
en el B.O.: 18 de agosto de 2021.
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