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Suplemento de Derecho de la Propiedad Horizontal, Conjuntos Inmobiliarios y Derecho Inmobiliario Nº 17 – 14 de diciembre de 2021
“Con sumo agrado, recibimos el último trabajo del profesor Dr. Juan A. Costantino, quien nos introduce en la responsabilidad civil de los administradores de consorcios, sus obligaciones de medios y resultados surgidas de las funciones esenciales otorgadas por la legislación civil. El catedrático formula una detallada síntesis de los presupuestos de dicha responsabilidad proveniente de fuente legal configurada en la relación interna con su mandante para culminar con referencias doctrinales y jurisprudenciales extranjeras relativas a la mentada responsabilidad del órgano ejecutivo de la persona jurídica. A su hora, con minuciosa precisión, el más prolífico ensayista sobre derecho horizontal del país, el Dr. Ariel Zumpano, invita a conocer la relación contractual del consorcio de propietarios y los trabajadores de edificios y sus asimilados. En más de cien tips, nos explica los aspectos salientes a tener a la vista, los derechos, las obligaciones y las consecuencias jurídicas. No podríamos cerrar el año de mejor modo que con las reflexiones del profesor Dr. Jorge R. Causse. En su análisis sobre las incumbencias del administrador de consorcios, transita desde el carácter jurídico de la figura, pasando por su designación, remoción y sucesión, las facultades y deberes, la forma de acreditar su personería para concluir en algunas “conjeturas”.”
“Una treintena de decisorios ilustran este número especial. Abarcan innumerables institutos jurídicos, como ser el amparo ambiental por construcciones; cobro de sumas de dinero; desalojo; donaciones de inmuebles; daños y perjuicios derivados de obras; escrituración; ejecución hipotecaria: relación de consumo entre el administrador y el banco en el que radica la cuenta consorcial; diligencia preliminar; expropiación; servidumbre; ejecuciones varias; interdicto de recobrar y obra nueva; resolución de contrato; derecho real de uso y de habitación; reivindicación; y despido; entre otros.”
“Traemos para nuestros lectores una breve recopilación de lo último sobre nuestras disciplinas, en el ámbito, nacional, local y de algunas provincias y en el derecho comparado, como el reciente proyecto de reforma a la ley del régimen de propiedad horizontal colombiana, la 675, que acaba de cumplir 20 años desde su vigencia.”
“Adunamos un ppt para fijar contenidos dirigidos al operador jurídico, en esta ocasión referido a las acciones sobre la mora en las expensas comunes, de la mano del Dr. Gustavo A. Griffith.”
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Texto Completo
Suplemento
de Derecho de la Propiedad
Horizontal, Conjuntos Inmobiliarios y Derecho Inmobiliario Nº 17 – 14
de
diciembre de 2021
Por Jorge C. Resqui Pizarro
A pocas jornadas de haber
conmemorado el Día Internacional de los Derechos Humanos y
el Día de
la Democracia, festejando el 38° aniversario del regreso a la
institucionalidad tras la larga noche después de la última dictadura
cívico-militar, que nos permite recordar emocionadamente la lucha por
la vida
encarnada por las grandes mayorías de nuestro Pueblo que deparó en la
asunción
como Presidente de la Nación de un patriota de fuste, el reconocido y
querido Dr.
Raúl Ricardo Alfonsín (a quien tuvimos el honor de acompañar
en los
primeros años de la “primavera democrática”, en nuestra temprana
juventud),
venimos a presentar un número extraordinario de fin
del corriente año de
nuestro Suplemento.
La doctrina de los autores
Con sumo agrado, recibimos
el último trabajo del profesor Dr. Juan A. Costantino,
quien nos
introduce en la responsabilidad civil de los administradores de
consorcios, sus
obligaciones de medios y resultados surgidas de las funciones
esenciales
otorgadas por la legislación civil. El catedrático formula una
detallada
síntesis de los presupuestos de dicha responsabilidad proveniente de
fuente
legal configurada en la relación interna con su mandante para culminar
con
referencias doctrinales y jurisprudenciales extranjeras relativas a la
mentada
responsabilidad del órgano ejecutivo de la persona jurídica.
A su hora, con minuciosa
precisión, el más prolífico ensayista sobre derecho horizontal del
país, el Dr.
Ariel Zumpano, invita a conocer la relación contractual del
consorcio de
propietarios y los trabajadores de edificios y sus asimilados. En más
de cien
tips, nos explica los aspectos salientes a tener a la vista, los
derechos, las
obligaciones y las consecuencias jurídicas.
No podríamos cerrar el año
de mejor modo que con las reflexiones del profesor Dr. Jorge
R. Causse.
En su análisis sobre las incumbencias del administrador de consorcios,
transita
desde el carácter jurídico de la figura, pasando por su designación,
remoción y
sucesión, las facultades y deberes, la forma de acreditar su personería
para
concluir en algunas “conjeturas”.
La doctrina de los jueces
Una treintena de
decisorios ilustran este número especial. Abarcan
innumerables
institutos jurídicos, como ser el amparo ambiental por construcciones;
cobro de
sumas de dinero; desalojo; donaciones de inmuebles; daños y perjuicios
derivados de obras; escrituración; ejecución hipotecaria: relación de
consumo
entre el administrador y el banco en el que radica la cuenta
consorcial;
diligencia preliminar; expropiación; servidumbre; ejecuciones varias;
interdicto de recobrar y obra nueva; resolución de contrato; derecho
real de
uso y de habitación; reivindicación; y despido; entre otros.
Destacamos tres: el amparo en materia
ambiental en autos “Cerruti, Gabriela Carla y otros c/ GCBA” sentenciado por la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo
Contencioso Administrativo -
Tributario y de las Relaciones de Consumo de esta ciudad en el que se confirmó la declaración de inconstitucionalidad del
artículo 1°
de la ley local 6289, en la
cuestión “Costa Salguero”; el de la Sala I de la Cámara
de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial
Mercedes de la Provincia de Buenos Aires in re “Anastasio,
Julián Esteban y otro/a c/ consorcio de
prop.
Country
club atlético Bco. de la Pcia.
de
Bs.
As.
s/
acción declarativa (tram. Sumarísimo)” por el que se concluyó concluir que “los
actores persiguen que se les reconozca un derecho adquirido
sobre la base del parcelamiento del club de campo anterior a que ellos
mismos
unificaran sus lotes transformándolo en uno nuevo. Como dice la
Fiscalía de
Estado las parcelas originales dejaron de existir en 1994, de manera
tal que
cualquier modificación catastral que desee hacerse debe ser sobre la
base de la
situación fáctica actual bajo el régimen jurídico existente. No hay,
por ende,
afectación de derechos adquiridos”; y, finalmente, el expediente “Inspección
General de Justicia c/ Haras Pino Solo S.A.
s/Organismos
Externos” de la Sala C de la Cámara
Nacional de Apelaciones
en lo Comercial de la Capital Federal, tribunal que declaró nulas las
resoluciones generales 25 y 27/2020 de la IGJ relativas a la
“adecuación” de los
conjuntos inmobiliarios” apeladas “(...) que deberán dejarse sin
efecto las mismas en lo que concierne a su aplicación a las sociedades”, y de cómo, en nuestra opinión,
un tribunal incompetente ataca la competencia de un órgano
del Estado para reglamentar el vacío dejado para la “adecuación” de los
conjuntos inmobiliarios
[1]
Las normas
Traemos para nuestros
lectores una breve recopilación de lo último sobre nuestras
disciplinas, en el
ámbito, nacional, local y de algunas provincias y en el derecho
comparado, como
el reciente proyecto de reforma a la ley del régimen de propiedad
horizontal
colombiana, la 675, que acaba de cumplir 20 años desde su vigencia.
La práctica profesional
Como resulta habitual,
adunamos un ppt para fijar contenidos dirigidos al operador jurídico,
en esta
ocasión referido a las acciones sobre la mora en las expensas comunes,
de la
mano del Dr. Gustavo A. Griffith.
El escenario reinante
Con más de 30 millones de
habitantes con la segunda dosis de la vacuna contra el virus,
inoculándose ya
la tercera de refuerzo en parte de la población de riesgo y los
trabajadores
estratégicos, siendo la República Argentina una de las 13 naciones en
el orbe
que está vacunando a los menores de 12 años, vamos saliendo
de la pandemia
pese a que se ha conocido que la variante Ómicron ha llegado, pero sin
causar
-por el momento- los escozores que genera en el hemisferio norte, buena
parte de Europa
central y en la dolorosa e injusta
realidad del continente africano que apenas tiene un 7 % de sus humanos
atendidos.
En este marco, la macroeconomía argentina
muestra signos de revitalización pospandémicos. De acuerdo al
INDEC, en septiembre tuvimos el nivel de actividad más alto en más de
tres
años, produciendo 4,7% por encima de septiembre de 2019 y 2,6% por
encima de igual mes de 2018.
Pese a que organismos internacionales pronosticaban que
recién en 2026 íbamos a
alcanzar el PBI de la prepandemia, esto fue
obtenido en 2021. También se recuperó con fuerza la
inversión, que supera en 13%
los niveles de 2019.
La industria ha
sido fundamental en esta levantada de la economía y de la inversión. En lo que va
de 2021, la industria
creció 6% contra 2019. Es una de las recuperaciones
industriales más
rápidas del mundo comparando contra 2019, por detrás de China (+13,4%),
pero
por encima de Brasil (0,0%), Chile (+2,0%), España (-3,2%), Francia
(-5,8%),
Italia (-1,1%), India (-2,5%), México (-2,9%), Alemania (-6,7%),
Estados Unidos
(-1,3%) y Japón (- 6,0%).
El 62% de los
sectores industriales está produciendo más que en 2019. Este
desempeño
contrasta con lo ocurrido entre 2015 y 2019, cuando Argentina sufrió
una caída
del PBI industrial per cápita superior al 17%, por lejos la más
profunda dentro
de los 50 países más importantes del mundo [2].
La rápida
recuperación reciente explica los 42.000 puestos de
trabajo industriales más que a fines de 2019. La mejora es
generalizada: 18 de 24 ramas industriales tienen más empleo que a fines
de
2019, y 18 de las 24 provincias tienen más empleo industrial que en las postrimerías de 2019.
Así, se ha recobrado durante un año seguido empleo industrial formal, y se revertió la tendencia del período de gobierno anterior, durante el cual se destruyó
empleo industrial en 46 de los 48 meses en que le tocó administrar el país.
Sin embargo, las halagüeñas estadísticas no
alcanzan - por ahora - a todos
los que habitan nuestro suelo, en particular a los más desaventajados,
a gran
parte de los sectores vulnerables y a la gran mayoría de los pasivos.
Y en el medio, la pulsión devaluatoria ejercida
desde los actores del
privilegio para provocar una nueva y brutal transferencia de ingresos
en su
beneficio, en desmedro de l@s trabajador@s con exiguos salarios y los
sectores
medios.
El aparentemente cercano acuerdo con el FMI por la
impresionante deuda
pública contraída por la administración del Ing. Mauricio Macri - de la
que
valga el juego de palabras con nuestras áreas de práctica, no se ha
visto un
ladrillo -, allende sus condicionamientos, quizá sea útil para frenar
la
arremetida.
El sector de la industria
de la construcción - tan afín a la abogacía especializada en
nuestra
temática -, según el Índice Construya (IC) que todos los meses elabora el Grupo
Construya desde 2002, registró una suba
del 7,46% desestacionalizada con respecto
a septiembre último. Empero, los despachos de insumos de las
empresas del Grupo se
ubicaron 5 % por debajo de los registrados en
octubre del año anterior. En tanto, en
los primeros diez meses del año el
ÍC acumuló una suba del 31,30 % en comparación con el mismo período
de 2020.
En lo referido a
los costos, la Cámara Argentina de la Construcción (Camarco) informó que en octubre del presente
año el costo de
la construcción subió un 4,3 %. Con relación al mismo mes del 2020 el
aumento
fue de casi el 70 %. En los 10 primeros meses del año llevó acumulado un incremento del 48,6
%.
Según el portal
especializado Reporte Inmobiliario (RI), el costo de construir edificios en PH “se encuentra en un virtual sube y
baja desde hace 7 meses; esto se debe a las oscilaciones en la
cotización de la
moneda américana, conjugada con los incrementos constantes de costos en
pesos”.
Actualmente el costo para cada metro
cuadrado vendible de un edificio asciende a la suma de USD 611,
habiéndose
apreciado en el último año 49% en dólares billete [3]
De todas formas lo costos medidos en dólares
estadounidenses se ubican aún un 48% por debajo del pico de
mayo de 2017.
Asimismo, el costo para construir una vivienda
mínima de 51 m2 con un
dormitorio similar al modelo que era utilizado por el Procrear para la provincia de Buenos Aires y centro llegó a casi
los $ 5,2 millones en octubre del año en curso.
Construir una vivienda económica de
3 dormitorios con una superficie total de 78 m2 adicionando al módulo
inicial
dos ampliaciones previstas tiene actualmente un costo sin incluir el
valor del
terreno superior a los $ 7,4 millones, aunque si se toma como
referencia el “dólar paralelo” de principios del mes de octubre pasado ($ 186.-), el valor rondaría los 37.849 dólares, unos USD
485 por m2.
Entre tanto, el Ministerio de Desarrollo
Territorial
y Hábitat que conduce el Ing. Jorge Ferraresi anunció
el pasado viernes 3 nuevos
llamados licitatorios para la ejecución
de obras de infraestructura mediante el programa Procrear II.
Dichas obras servirán para abastecer a 2406 viviendas
pertenecientes al Desarrollo Urbanístico que se está construyendo en
Gregorio
de Laferrere, partido bonaerense de La Matanza, y contarán
con una inversión
por parte del Gobierno Nacional superior a los $ 1.986 millones.
El denominado mercado
inmobiliario no presenta demasiados cambios desde nuestro
último editorial
(octubre). De acuerdo a las cifras proporcionadas por el Colegio Escribanos de Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, la cantidad total de las escrituras
de compraventa de inmuebles
registró en el décimo mes de 2021 una mínima suba de 1,82 % respecto del nivel de un año antes,
al sumar 2574 registros, mientras que el monto
total de las
transacciones realizadas creció un 7,3 %, con $ 23.627 millones. Por el momento, el acumulado de los 10 meses de 2021
dieron comparación interanual positiva con respecto al año pasado [4]
Sin perjuicio de
lo cual, en comparación
con septiembre último, los actos
bajaron un 8,5 % (en ese mes se realizaron 2813 escrituras). Se debe tener en
cuenta, también, que en
octubre se realizaron tan sólo 46 escrituras más que el mismo mes del
año
pasado, en el que aun seguíamos con múltiples restricciones para las
actividades económicas y
sociales.
Es dable
remarcar, que en octubre hubo 118 escrituras formalizadas
con hipoteca bancaria, por lo que el crecimiento en ese
sentido es del 29,7 % respecto al mismo mes del año
pasado. Y los
primeros 10 meses acumulan una recuperación de escrituras con crédito
del 48 %.
En lo que
respecta al precio de las propiedades, conforme el Índice del M2 Real de
octubre (elaborado mensualmente por RE/MAX Argentina en conjunto con la Universidad del CEMA y Reporte Inmobiliario), se muestra una nueva reducción de los
precios del 2,81 % en promedio con respecto al del mes previo. Los valores promedio de cierre para
las distintas tipologías pasaron de USD 1.905 a USD 1.864. Por otro lado, la brecha entre el valor
originalmente publicado, conocido habitualmente como rango de
contraoferta
representó en octubre de 2021 el - 7,33 %.
De este modo, al analizar el comportamiento por
segmento, se observa que las unidades de 1 ambiente pasaron de USD
1.865 el mes
anterior a USD 1.791; las de 2 ambientes de USD 1.948 a USD 1.868 y las
unidades
de 3 ambientes de USD 1950 a USD 1.917 [5]
En ese orden de ideas, según el
estudio RIAL (Relevamiento Inmobiliario sobre
América Latina) realizado
en conjunto por la Universidad Torcuato Di Tella y la
compañía Navent (dueña de Zonaprop en la Argentina
y de otros portales
de venta de inmuebles en la región), Buenos
Aires es la tercera ciudad más cara de América latina.
La ciudad más cara es Santiago (Chile), con U$S 3441 el metro cuadrado, luego
viene Montevideo (Uruguay), con U$S 2923 y en tercer lugar Buenos
Aires (U$S 2600). Ciudad de México se ubicó en cuarto
puesto, con U$S 2420, y Río de Janeiro (Brasil), en el quinto (U$S 2237 el m2).
Entre enero y septiembre de este año, los
precios en
Buenos Aires bajaron 4,4 por ciento, indicó
el informe. La
diferencia de precios con el estudio ut supra señalado es notoria.
Cabe señalar,
que el Banco
Suizo UBS elaboró el Real Global de UBS Estate
Bubble Index que mide
el riesgo de una burbuja inmobiliaria en base a ciertos patrones
analizando
signos típicos que la delatarían, entre ellos la disociación de los
precios de
las viviendas con los ingresos, las rentas por alquiler y ciertos
desequilibrios en la economía real como una excesiva liquidez o baja de
tasas
que alientan la toma de deuda y créditos hipotecarios.
Más allá de ese ranking específico que
se refiere a 25 ciudades, el informe del Banco UBS contiene otros datos
que
resultan valiosos para establecer una comparación si se analizan las
mismas
variables para la ciudad de Buenos Aires. Los datos comparativos
permiten
reconocer cual es la situación puntual del mercado de la vivienda de la
capital
de la Argentina con relación a la vigente actualmente en algunas de las
principales ciudades del mundo.
Así las cosas, UBS analiza la cantidad de años que
un trabajador del sector servicios debe destinar para comprar un
departamento
de 60 m2 cerca del centro de la ciudad.
En la edición recientemente publicada
por la entidad europea, al igual que el año pasado, Hong Kong resultó
la ciudad
donde el esfuerzo salarial es el mayor, manteniéndose con 20 años como
los
necesarios para la compra de ese tipo de unidad de vivienda. Mientras
tanto, en
la otra punta, donde la relación de los ingresos resulta más
favorable con relación a
los precios de las viviendas, se ubica Miami, donde con 4 años íntegros
de
salario se puede comprar una unidad tipo de 60 m2.
De esta manera,
tomando los
U$S 1950 del penúltimo precio
por m2 promedio efectivamente pagado para unidades de 3 ambientes del
índice
REMAX/UCEMA, el valor de
una unidad de 60 m2, alcanzaría los U$S 117.000. Cruzando este dato con
la
remuneración promedio de los trabajadores registrados del sector
privado que
para el mes de agosto pasado surge que el esfuerzo salarial
se ubicaría en
los 20 años de ingresos. Buenos Aires, compartiría así, el
primer puesto
del ranking de UBS junto con Hong Kong, como las ciudades donde más
caras
resultan las
viviendas con relación al salario de los habitantes [6]
Si hablamos de alquileres,
los destinados a vivienda en la C.A.B.A presentan un promedio en sus
precios -
en tono a lo ofertado - de $ 30 mil mensuales para
un monoambiente; dos ambientes a $ 38 mil y de tres ambientes a $ 57 mil, esto sin incluir expensas, las cuales alcanzan en
promedio el 18% del costo de alquiler.
Los aumentos con respecto a octubre 2021
fueron de 2,7 % en los
departamentos de 2 ambientes y de 3,6 % en los de 3 ambientes. Los
monoambientes se mantuvieron en el mismo valor.
En los últimos doce meses, el costo de
alquilar un monoambiente en la Capital Federal aumentó 42,9%. En las unidades de 2 ambientes la suba fue de 52 % y de 50 % en las de 3 ambientes. Por otro costado, el último dato de inflación muestra
que, para el mes de octubre, la variación interanual de los precios fue
de 52,1 %.
En términos
acumulados, enero-noviembre
de este año muestra una oferta 8,7 % inferior al mismo período del año
anterior; mientras que el Índice para
Contratos de Locación (ICL) que fija la
actualización anual del precio de las locaciones habitacionales, que publica diariamente el BCRA, indicó un incremento interanual de 49,5 % al primer día hábil de noviembre [7]
Por su parte,
Reporte Inmobiliario informa que esta clase alquileres “continúan aumentando por encima del
índice de inflación acumulado. Mientras que la inflación interanual
medida por
INDEC entre octubre de 2021 y el mismo mes de 2020 fue del 52,1 %, los
departamentos
usados que se ofertan en alquiler aumentaron el 57,45 % en promedio
para el
caso de los de un dormitorio y el 53,82 % para las unidades de 3
ambientes” [8]
En lo
relacionado con la renta que se obtiene por la
locación de un
departamento en esta ciudad y la cantidad de años que se lo tiene que
alquilar
para reembolsar su valor, recurriendo al valor de venta de la misma unidad
de 60 m2 a la que nos
referimos más arriba y cruzando este dato con la rentabilidad media
de alquiler en
cada ciudad, UBS calculó la cantidad de años de sueldo
necesarios para
amortizar la compra de vivienda.
Del mismo modo recurriendo al valor
promedio de alquiler de un departamento usado estándar sin amenities de
60 m2
en la ciudad de Buenos Aires y comparando con el valor de
venta, el número de años de
alquiler necesarios para amortizar la compra estaría un 10 % por encima
del que
encabeza el ranking de las ciudades seleccionadas por la entidad
bancaria Suiza
para su UBS Estate Bubble Index [9]
Si tomamos otra
plaza destacada de la Argentina, como lo es la ciudad de Rosario, la mediana
del precio de
los monoambientes ofertados - según un
estudio del CESO
- en
es de $
16
mil. Los/as
jubilados/as que perciben
el
haber mínimo destinan
el 61,7% de
su ingreso (sin
incluir expensas
ni servicios)
en alquilar un
departamento de
esa
tipología.
Por su
parte los/as trabajadores/as que perciben
el Salario Mínimo
Vital y Móvil
($ 32.000) destinan
el 50 % de
su salario
al pago
del alquiler
de un departamento
con las mismas
características. La mediana del
precio de los
departamentos de dos
ambientes es de
$ 23
mil y de
tres ambientes de
$ 31.500. En
cada categoría, los
precios varían en
función de otras
características propias
(tales como antigüedad,
si posee cochera;
etc.) y de
su entorno (infraestructura,
disponibilidad de
transporte, cercanía a
centros comerciales entre
otras). Los valores
expresados anteriormente no
incluyen expensas, las
cuales alcanzan en
promedio el 14% del
costo de alquiler.
El costo de
alquilar un monoambiente
en Rosario aumentó
un 52,4
% en
los últimos 12
meses. El promedio de las
ofertas analizadas
por el informe
mencionado aumentó 70,4 % en los
departamentos de dos
ambientes y
75 % en
los de tres
ambientes.
Un/a inquilino/a
que vive en
un monoambiente, y
desea mudarse a
un departamento de
dos
ambientes debe gastar
en promedio en
alquiler $
7.000 más.
“Este es el
costo que soportan
las familias cuando crecen
en cantidad de
integrantes y deben
mudarse para evitar
vivir en
condiciones de
hacinamiento. Durante
2021 la
oferta acumulada de
alquileres sigue siendo inferior a
la de 2020.
La cantidad
acumulada de
departamentos ofertados durante
noviembre de 2021
muestra una caída
de 11,3 % con respecto
al mismo mes
del año anterior”, concluye el
trabajo de la
consultora [10]
El resultado de
las elecciones generales, con la remontada del oficialismo que aun en
la
derrota logró mantener cierto equilibrio en la composición, a partir de
mañana,
en las cámaras del Congreso Nacional, amortiguó, en parte, la campaña
derogatoria contra la ley de alquileres 27.551. Ya hemos
desarrollado in
extenso la cuestión en anteriores editoriales de esta revista, por lo
que
remitimos a ellos por los argumentos.
Lo cierto es,
que ahora el gobierno a través del presidente de la Cámara de
Diputados, Dr.
Sergio Massa, convocó a la oposición para debatir una reforma
de dicho
instrumento. Millones de familias dependen de ese posible acuerdo
institucional
para no verse perjudicadas por las intentonas que solo van por la puja
distributiva en pos de la captura de más renta en disfavor de los
sectores con
menor poder adquisitivo y de la detracción de los derechos que, al fin
y al
cabo, la norma sancionada en 2020 les otorgó. Si se impone la lógica de
las
corporaciones inmobiliarias y las de poder económico concentrado, el
futuro de
los inquilinos será más sombrío aun: terminarán con menor acceso a la
vivienda,
o con mayores costos, menores derechos y amparo y contratos que
impondrán
precios exorbitantes para sus actualizaciones o renovaciones y retornar
al
plazo de 2 años, con el incremento de la zozobra que ello implica.
Las versiones de
una suspensión por 180 días de la norma, lo único que logra es sumar
más
desconcierto y penuria para quienes, inexorablemente, tienen que
alquilar para
vivir bajo un techo. Entre varias de las defecciones del Gobierno en
este
aspecto, la rémora en la implementación del Programa Nacional de
Alquiler
Social (Título III de la citada ley) fue clave, aunque la excusa de la
pandemia
signifique un argumento a tener en cuenta.
Si bien distinto
era el panorama de las locaciones de las oficinas en los últimos meses
producto
de la pandemia y sus efectos sobre el trabajo, el informe conjunto
elaborado
por Cushman &
Wakefield y Reporte
Inmobiliario deparó un mejor rendimiento para esta
forma de inversión. “Desde 2014 hasta el tercer trimestre de
2021, el valor
del alquiler de las oficinas experimentó, previo ajuste por inflación,
una
apreciación del 51 %. Dentro del mismo período, el mercado de
departamentos
sufrió una depreciación del 2 %”. Anadiendo: “Respecto a la
coyuntura
actual, el plano interanual muestra que el mercado de oficinas incrementó
un
27 %, sin embargo, luego de ajustar por inflación, el saldo
termina siendo
negativo con una depreciación de 17%, exponiendo la erosión causada por
la
estabilidad del tipo de cambio oficial frente a la inflación. En el
mismo
período, la tasa de vacancia pasó del 10,7 % al 14,3 %, aunque es
importante
remarcar que en los últimos 9 meses se mantuvo estable”
(el resaltado es
nuestro) [11]
La vacancia en oficinas clase A/A+ Premium se
ubicó
en el 13,7 por ciento en el tercer
trimestre del año, un 0,6 por ciento menos que en
el trimestre anterior, señaló un informe de CBRE.
El 63 % del
microcentro porteño corresponde a oficinas, más de 600 parcelas de
oficinas por
km2, en tanto el espacio de
viviendas es del 20 por ciento, destaca un
informe de la proptech Mudafy como indicador de la
oportunidad que
existe en la zona para la reconversión de oficinas en viviendas. Los
precios en
la zona - muy castigada en los
últimos dos años - están en niveles muy bajos, agregando que un
departamento de dos ambientes cotiza en US$ 45.000.
En esa línea, avanza el
proyecto de reconversión para usos mixtos de los
edificios del micro y
macrocentro porteño, del que diéramos cuenta en anteriores ediciones.
Otro tema es el de los emprendimientos
en el gran Buenos Aires (en particular los enrolados en el
derecho real de
los conjuntos inmobiliarios), que habiendo tocado
un techo en el valor
de los inmuebles, para esta época viven el agitado ajetreo de las
locaciones
veraniegas que alcanzan precios inopinados, aumentados por los
impedimentos
para el solaz en el exterior del país. Y demás esta mencionar los
alquileres
turísticos en los puntos estratégicos de nuestra patria, que pese a la
cotización en moneda dura, auguran plena ocupación en la inmensa
mayoría de los
destinos, pronosticando la mejor temporada en los últimos 20 años y que
ha
provocado, además, un interesante filón laboral para nosotros, los
operadores
jurídicos. Contrastes de una nación, en la que sepultar la desigualdad
es el
gran desafío de los tiempos por venir.
El de
los centros logísticos es el
segmento que muestra mejores
indicadores dentro del real estate en este momento. La firma global de servicios
inmobiliarios corporativos Cushman & Wakefield reveló en un informe sectorial
que en el tercer trimestre de este año
se registraron los datos más favorables de los últimos años en cuanto a
demanda.
A partir
de la entrada de construcciones pre-alquiladas, la expansión del e-commerce y el crecimiento del consumo se
llegó a una absorción neta anual de 153.194 m2, uno de
los valores máximos históricos, resaltó el trabajo. De todas formas, la
vacancia sigue
en un 14 %, cuando el valor promedio se ubica
en el 8,8 %, sin considerar el período de la cuarentena por la pandemia.
En estos escenarios diversos,
la propiedad horizontal comenzó a encontrar cierto
sosiego interno,
mediante una sensible disminución de los impagos de expensas y los
conflictos y
vicisitudes que la pandemia trajo consigo: se retomaron mantenimientos
imprescindibles
y fluyen las asambleas de propietarios sobre el fin de año, retomando
la
presencialidad física aunque no desdeñando la posibilidad del sistema
híbrido,
después de conocer ciertas ventajas de la virtualidad.
En la C.A.B.A. el sistema horizontal
encontrará durante el año venidero su extensión hacia la poca tierra
disponible, la reciente aprobación por la Legislatura de los mega
proyectos
inmobiliarios de Costa Salguero y Costanera Sur y los “convenios
urbanísticos”
(a la vieja usanza de las “excepciones” bochornosas del otrora Concejo
Deliberante capitalino) generarán miles de m2 para el desarrollo. Esto
será
materia de estudio y debate, seguramente, en las ediciones de nuestro
Suplemento de 2022.
Sin hesitación, podemos
afirmar que el año entrante traerá aparejado para los estudiosos de
estos temas
la preponderancia que comenzará a implicar la criptoeconomía.
La tecnología blockchain
y la tokenización buscan su
irrupción - nos animamos a decir de manera irrefrenable - en el mundo
inmobiliario.
Ya comienza a diseñarse la opción
de crear NFT (tokens
no
fungibles) de
inmuebles antes o después de construirse, que
desencadenará en una nueva
estructura legal de las transacciones.
Este novel marco conceptual resultará clave
para diseñar y operar los nuevos negocios inmobiliarios, los que
basados ahora
en la tecnología blockchain
generarán un impacto
de dimensiones inéditas para el Real Estate.
Ante ello, esta disrupción propone una industria financiera – en el
mundo real o en Metaverso – exportable, con acceso a nuevos inversores, desde pequeños montos y a escala mundial, invirtiendo con criptomonedas o
eventualmente a través de entidades bancarias, con mercados secundarios líquidos y de alta
rotación; y con
casi inexistentes valladares tanto de entrada como de salida de la
inversión.
En otras
palabras, la creación de nuevas fuentes de financiamiento
para el sector,
incorporando la tokenización y/o NFTeización de desarrollos
inmobilarios,
mediante la colocación de Tokens/NFT´s – con o sin oferta pública – con
tokens
que contarán con máxima liquidez autónoma por influjo de las DeFi (Finanzas
Descentralizadas), constituyendo atributos sumamente innovadores. Todo un desafío
para los colegas que actúan en estas lides. Y nuestro Suplemento no
estará
ajeno a los cambios que se imponen, para facilitar la permanente
actualización
de sus lectores.
* Agradecimientos,
reconocimientos y despedida
Concluye un año más - el
cuarto desde los inicios de esta “aventura” jurídica que emprendimos
con
intensa dedicación - y caben los merecidos agradecimientos a
las
autoridades de la Editorial, los Dres. Horacio R. y Martín I. Granero,
su
directora Dra. Romina A. Lozano, su jefa de redacción Dra. Marcia
Rillos, las
editoras Dras. Ma. Rosa Steckbaner (quien tomó nuevos rumbos a
principios del
presente año) y Débora Goiak, así como a todo el plantel de
trabajadoras y
trabajadores de Albrematica S.A..
Paralelamente, el reconocimiento
a todos y todas los y las autores y autoras que han aportado sus
conocimientos
y opiniones a la realización de los cinco números del ciclo 2021, a
saber:
Dres/as. Enrique
Luis Abatti (h), Sebastian A. Areitio, Jorge
R. Causse, Juan A. Costantino, Marianela
Desages, Gustavo A. Griffith, Luis
A.
Rizzi, Marcela
Verónica Rocca y Ariel
Zumpano.
Finalmente un
muy afectuoso saludo a los y las lectores y lectoras que nos han
acompañado
fielmente.
La despedida
es hasta el año que viene, que esperemos nos encuentre mucho mejor y
con el
máximo de entusiasmo para continuar aprendiendo a ser más estudiosos,
buscando
la excelencia profesional, más comprometidos con nuestro derecho, con
nuestra
justicia y, esencialmente, más buenas personas. Esto, solo si Dios así
lo
quiere.
En el interín,
si la tranquilidad de la feria y las vacaciones se los permite, pueden
seguir
los temas que nos apasionan en las emisiones del programa radial del
Foro de
Abogados de la Propiedad Horizontal en https://radioamadeus.com.ar/miercoles-19-horas-segunda-convocatoria/, en cualquier momento y lugar.
Hasta la
próxima!
[1]
Ver nuestras Apostillas
sobre el fallo “Inspección General de Justicia c/ Haras Pino Solo S.A.”
de la Cámara
Nacional en lo Comercial, 26/11/2021, elDial.com - DC2F3A.
[2]
Fuente Ministerio de
Desarrollo Productivo de la Nación https://www.argentina.gob.ar/produccion.
Citar: elDial.com - CC7399
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