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elDial.com-Editorial noviembre 2022- Suplemento de Dcho. de la PH, Conjuntos Inmobiliarios y Dcho. Inmobiliario N° 19
Citar: elDial.com - CC78C3
Copyright 2025 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina
Texto Completo
Por
Jorge C. Resqui Pizarro
I.-
Contenidos
A
más de cinco meses vista de nuestro último
encuentro virtual, tanto la producción autoral cuanto la información
referida a
nuestras especialidades es vasta.
La
doctrina
que acopiamos en nuestro episodio 19 de la serie de la presente
Revista, es
realmente más que interesante.
El
Dr.
Jorge R. Causse, con su proverbial
capacidad de focalizar las cuestiones que aborda, nos aproxima
nuevamente – ver
edición del suplemento de 14/10/2021 – al órgano Consejo de
Propietarios en la
propiedad horizontal, su innecesaridad en pequeños consorcios, la
integración
del cuerpo y un tema candente desde la implementación del código
unificado de
derecho privado: la responsabilidad civil
de sus miembros. Esto último no es menor, dado que ha
apartado a gran
cantidad de copropietarios de la asunción de la tarea fiscalizadora
interna en
dichos entes, por influjo de una mala información y, en más de una
ocasión,
ante la prédica negativa del órgano a controlar.
En
un segundo trabajo, se ocupa de las conductas
exigibles al administrador
consorcial, con marcada referencia a la normativa fondal y a
las leyes 941
y sus modificatorias en la C.A.B.A. y 14.701 en la Provincia de Buenos
Aires;
concluyendo con las obligaciones del mandatario en la contratación de
servicios
de terceros para atender reparaciones en unidades funcionales.
Los
conflictos
por inmisiones o molestias entre los vecinos en la PH y en el
derecho real
de dominio, son objeto de ensayo de nuestra colaboradora Dra.
Marianela Desages, en esta oportunidad con la participación
de
la colega debutante en este espacio, Dra.
Laura Karina Castro. El ensayo ronda, certeramente, los
límites al dominio,
la perturbación de la tranquilidad de los próximos, la aplicación de
los
códigos contravencional y de faltas, mientras avanza hacia las acciones
judiciales pertinentes en el marco de las prohibiciones a los
propietarios y
ocupantes de los edificios por incumplimiento de los reglamentos y la
debida
legitimación para actuar.
En
su otro aporte, la Dra. Desages
desarrolla el concepto, el sentido, la clasificación y
los legitimados al pago de las expensas
comunes, centro de sustentación del sistema del derecho real
de propiedad
horizontal, abarcando las consecuencias de la deuda de dichos gastos y
contribuciones
para arribar al análisis de la novedad traída por la reforma fondal de
2015: la
compensación como defensa
incorporada
al artículo 2049 del Código Civil y Comercial de la Nación.
A
su turno, otro de los habituales articulistas
en estas páginas, el Dr. Ariel Zumpano,
por un lado, en su trabajo Desglosando
Reglamentos anacrónicos. Empoderando la Fiscalización externa de
Administraciones por Consumo, nos
introduce en la problemática diversa en los consorcios y plantea como
eje
central que la justicia en las relaciones
de consumo tiene mucho para hacer en el control de legalidad
y
funcionamiento de los prestadores de servicios denominados administradores.
Por
otro costado, nos enrola en el entrevero de
discurrir si el administrador sigue siendo solo un mandatario o
aparece, en la
modernidad, tanto como directivo cuanto gerente de la PH.
Afirmando
una línea editorial, publicamos más de
cincuenta fallos (con sus
correspondientes sumarios y voces) de tribunales de diferentes grados,
jurisdicciones y competencias, para la actualización continua del
operador
jurídico especializado en los rubros que nos importan.
En
la sección de normativa, ilustran
gran cantidad de normas nacionales,
provinciales y locales; proyectos de ley, acuerdos paritarios,
resoluciones,
disposiciones, y dos perlitas extranjeras que, seguramente, acapararán
el
interés del lector: dos leyes de sendas Repúblicas regionales (Brasil y
Uruguay) por las que se incorporan las llamadas asambleas virtuales, a
distancia, híbridas o mixtas al órgano deliberativo de sus consorcios y
conjuntos inmobiliarios, importantes antecedentes que deberían servir
de
estímulo para que nuestros legisladores provoquen una indispensable reforma en el régimen, después de la
experiencia acumulada durante la pandemia que nos azotó. La herramienta
se
sigue aplicando, de hecho, en buena parte de los entes de nuestro país.
La asamblea telemática asoma como
insoslayable a esta altura de los tiempos.
En
el orden nacional, destacamos la ley 27.679
(su decreto reglamentario 556/2022 y la Resolución General AFIP
5253/2022) por
la que se prorrogan por 360 días corridos, contados a partir del 22 de
agosto
de 2022, los plazos referidos al blanqueo
de capitales para quienes inviertan en los proyectos de
construcción
(Título II de la ley 27.613).
El
instrumento legal permite exteriorizar
voluntariamente la tenencia
de moneda extranjera y/o moneda nacional en el país y en el exterior
que se
podrá realizar hasta el día 17 de agosto de 2023.
El
valor de la tenencia que se declare estará
sujeto a la aplicación de un impuesto especial, cuya alícuota depende
de la
fecha en la que se depositen los fondos en una cuenta especial. La
norma
reestablecida, en su artículo 9, destaca el impuesto
especial que se determinará sobre el valor de la tenencia que
se declare,
expresada en moneda nacional al momento de ingreso a la cuenta
especial,
conforme las siguientes alícuotas:
a)
Ingresados desde la fecha de entrada en
vigencia de esta ley y hasta transcurrido el plazo de 90 días corridos
desde
dicha vigencia (19/11/2022), ambas fechas inclusive: cinco por ciento
(5%);
b)
Ingresados desde el día siguiente de vencido
el plazo del inciso a) (20/11/2022) y hasta transcurrido el plazo de 90
días
corridos (17/02/2023), ambas fechas inclusive: diez por ciento (10%);
c)
Ingresados desde el día siguiente de vencido
el plazo del inciso b) (18/02/2023) y hasta transcurrido el plazo de
180 días
corridos (16/08/2023), ambas fechas inclusive: veinte por ciento (20%).
En
materia de empleo, la norma prevé la
transformación de Planes, Programas Sociales y Prestaciones de la
Seguridad
Social en Trabajo Formal de Calidad para aquellos sujetos que sean
contratados
en el marco del Régimen de Incentivo a la
Construcción Federal Argentina y Acceso a la vivienda y
cumplan con la
capacitación y los cursos de formación que se establezcan.
También,
se invita en su texto a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y a las provincias para que establezcan
exenciones en
el impuesto de sellos y promuevan que sus municipios otorguen
incentivos
tributarios, en el marco del régimen.
El
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad
Social y el Ministerio de Desarrollo Social deberán establecer las
pautas para
determinar la procedencia y el alcance de la compatibilidad del trabajo
registrado con los programas sociales que otorguen prestaciones
dinerarias a
personas en situación de vulnerabilidad social.
En
otro orden, acompañamos, por entenderlo
gravitante, las conclusiones de las
recientes XXVIII Jornadas Nacionales de Derecho Civil en las comisiones
de
Contratos, Derecho de los Consumidores y Derechos reales (anticresis).
Por
último, engalana la edición, para el
capítulo de Práctica Profesional,
un
modelo de medida cautelar
autosatisfactiva destinada al recupero de los libros y
documentación
consorciales retenidos por propietarias, elaborado por la inventiva del
Prof. Dr. Juan A. Costantino, a
quien
agradecemos especialmente su deferencia.
II.-
Presente
promisorio, futuro incierto
Una
suerte de viento de cola impulsa – en
general -, en el segundo semestre del corriente año, el ámbito
profesional que
nos ocupa. Pese a los evidentes desajustes
macroeconómicos, con una inflación que aparece como de
dificultoso sofreno,
el conocido como “mercado inmobiliario y
de la construcción”, muestra varias señales alentadoras.
Mientras
el Índice Construya (IC), que elabora
el Grupo Construya registró en septiembre una baja mensual
desestacionalizada
de 5,52% con respecto al mes anterior, los despachos fueron 2,1%
mayores
respecto a los de idéntico mes del año pasado y el acumulado anual se
ubicó un 8,5 % por encima del mismo
periodo de
2021.
La
Cámara Argentina de la Construcción (CAMARCO)
también publicó índices al alza[1],
sin
embargo, el costo de construcción aumentó un 7,7 % con relación a
agosto. En un
año el incremento fue del 81,4 %, algo por debajo de la suba de precios
generales (83%).
El
costo de construir supera nuevamente los 500
USD/m2. Mientras en el último trimestre los costos se incrementaron en
pesos
19%, en dólares el aumento fue del 32%[2].
Al
asumir el 1° de noviembre como nuevo ministro
de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación, Santiago Maggiotti
afirmó que
va a “trabajar para que la vivienda sea una política pública que esté
garantizada por el Estado”. A su vez, detalló: “Hoy estoy asumiendo en
una Argentina
donde ya se entregaron más de 60.000 viviendas, en donde se están
construyendo
más de 140.000 viviendas y en donde ya se entregaron más de 71.000
créditos de
construcción”.
Rápidamente,
el 4 de este mes, el flamante
funcionario, junto al presidente de la Nación, Alberto Fernández y al
intendente de Esteban Echeverría, entregaron viviendas del Programa
Reconstruir. Fueron otorgadas a familias de los barrios San Ignacio y
La
Morita, las cuales están siendo relocalizadas de la cuenca del Arroyo
Ortega al
“Complejo Habitacional Montecarlo” de Monte Grande Sur.
En
esa oportunidad, se entregaron las primeras
114 de un total de 240 viviendas que contempla el predio, en una obra
garantizada por un equipo de trabajo conjunto entre ese ministerio, el
Municipio
de Esteban Echeverría, y la Autoridad de la Cuenca Matanza Riachuelo
(ACUMAR).
Se trata de un proyecto que da respuesta a la sentencia judicial
“Mendoza,
Beatriz c/ Estado Nacional”, dictada por la Corte Suprema de Justicia
de la
Nación en el año 2008, para brindar un ambiente sano a las familias que
se
encuentran dentro de zonas altamente inundables de dicha cuenca.
Todos
los programas de vivienda vigentes en la
cartera ministerial durante la gestión de su anterior titular, Jorge H.
Ferraresi, se mantendrán.
Por
su parte, la cantidad total de las
escrituras de compraventa de inmuebles registró en el noveno mes de
2022 una suba de 12,4% respecto del
nivel de un
año antes, al sumar 3161 registros, mientras que el monto total de las
transacciones realizadas escaló un 27,4%, con $38.119 millones[3].
En
comparación con agosto del presente año, los actos aumentaron un 1,4%.
Los
nueve primeros meses de 2022, si se lo comparan con el mismo período de
2021,
da un alza de 15,6% con 23.157
escrituras, según el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires.
En
septiembre, hubo 118 escrituras formalizadas
con hipoteca. Por lo que la baja en ese sentido es del 24,4% respecto
al mismo
mes del año anterior. En la medición de los 9 meses acumulados, la
caída es del
7,9% (1032 hipotecas).
En
la Provincia de Buenos Aires, los actos
escriturarios en septiembre fueron 8.875 contra 8.676 de agosto pasado,
las
hipotecas se incrementaron a 909, superando las 880 del octavo mes de
2022. La
variación interanual favorable fue del 14.49%[4].
La
Agencia de Recaudación de la Provincia de
Buenos Aires (ARBA) generó un nuevo marco normativo que simplifica los
trámites
para escriturar propiedades en el territorio bonaerense, que permiten
agilizar
ese proceso tanto para barrios cerrados como para segmentos de menores
recursos.
Mediante
esta decisión, los escribanos pueden
tramitar la actualización de responsabilidad tributaria sin necesidad
de la
intervención de ARBA.
De
este modo, se podrá realizar una desvinculación
retroactiva por
intermedio de boleto de compraventa y la posibilidad de modificar los
datos de
múltiples partidas en simultáneo. De acuerdo a lo explicitado por el
titular de
ARBA, Cristian Girard, estas iniciativas agilizarán y simplificarán el
proceso
para acceder a la escrituración de propiedades en grandes desarrollos
inmobiliarios.
Comparativamente,
en Madrid, por caso, la
compraventa de viviendas subió un 14,9% el pasado mes de agosto en
relación con
el mismo período de 2021. Así alcanzó las 57.327 operaciones, su mayor
cifra en
un mes de agosto desde 2007, cuando se superaron las 58.800
compraventas, según
ha informado por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Es solo un
dato,
aunque bien puede ser un objetivo a trazar.
Los
valores
de las unidades, conforme datos que surgen de un informe de
Zonaprop del
mes de octubre, muestra que los precios del “mercado de compraventa”
evidencian
un 5,6% de baja en lo que va del
año. En este sentido, el precio del metro cuadrado de un departamento
en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires se ubica en US$ 2222/m², un 0,7% menos
respecto
a septiembre. El nivel actual de precio es similar al que se registraba
6 años
atrás.
La
baja de
precios del promedio en la ciudad es impulsada por dos
fenómenos: i) los
avisos nuevos, que entran al mercado a un precio menor al del stock en
oferta;
ii) una incipiente depuración de avisos antiguos con valuaciones
desactualizadas.
El
precio medio de los departamentos en el Gran
Buenos Aires (GBA) Norte se ubica en USD 2.220 por m2, disminuye 0.8%
en el
mes, informa el portal arriba citado.
“En
el tercer trimestre de 2022 el precio
acelera su caída: -1.5% en Q3 vs -0.8% en Q2. En los últimos 12 meses
acumula
baja de 3.7%, muy por debajo de la variación del CAC y de la inflación
en
dólares del mismo período. El nivel actual es similar al de diciembre
2016”,
acota.
Siguiendo
por el GBA Oeste y Sur, el precio
promedio se ubica en USD 1.699 por m2, disminuye 0.8% en el mes
acumulando 31
meses consecutivos de descenso, destaca la consultora.
“En
el tercer trimestre de 2022 los precios
bajan 2.0%, luego de caer 1.0% en Q2 y 1.2% en Q1. En los últimos 12
meses los
precios caen 5.9%, muy por debajo de la inflación y de los costos de
construcción en dólares”, concluye.
Algo
similar se reproduce en la ciudad de
Córdoba: el precio medio de las unidades se ubica en USD 1.129 por m2.
Se
mantiene sin cambios en el mes de septiembre luego de 43 meses de
descenso
ininterrumpido desde febrero 2019.
“En
el tercer trimestre de 2022 la caída de
precio se aceleró: -3.3% en Q3 2022 vs -2.5% en Q2 2022. En los últimos
12
meses acumula caída de 5.6%, mientras que la inflación y costos en
dólares
suben, +20.6% y +17.9% respectivamente”, informa.
Asimismo,
otra localidad relevante a la hora de
analizar precios testigo, Rosario, experimenta un precio medio de los
departamentos en USD 1.520 por m2, con baja 0.2% en el mes.
“En
el tercer trimestre de 2022 los precios caen
1.6% continuando la tendencia bajista y acumulando 15 meses
consecutivos de
descenso.
En
los últimos 12 meses los precios acumulan
caída de 5.4%, mientras que la inflación y los costos en dólares suben
20.6% y
17.9% respectivamente”, reseña Zonaprop.
En
relación al mercado locativo,
tomando un informe del Centro de Estudios
Económicos y Sociales Scalabrini Ortiz (CESO), se dice: “El contexto de
aceleración inflacionaria suma incertidumbre a la hora de tener que
fijar
valores que van a regir durante 12 meses. Esto, que es un problema de
la
macroeconomía más allá de las condiciones contractuales, se viene
traduciendo
en altos valores de entrada que, con los ritmos de inflación actuales,
se
licúan rápidamente pero son una barrera muy significativa para ingresar
en un
alquiler.
►
La mediana de los monoambientes ofertados en
Capital Federal es de $59.000.-. El Salario Mínimo Vital y Móvil, que
en
octubre es de $ 54.550, cubre el 92,5% de un alquiler. Esta relación,
que había
mejorado a finales de 2021 y estaba alrededor del 104%, bajó más de 10
puntos
porcentuales en el último año.
►
La mediana de las ofertas de departamentos de
dos ambientes es de $ 69.000.- y de los de tres ambientes $ 95.000.-.
En cada
categoría, los precios varían en función de otras características
propias (tales
como antigüedad, si posee cochera, etc.) y de su entorno
(infraestructura,
disponibilidad de transporte, cercanía a centros comerciales entre
otras).
►
Los valores expresados anteriormente no
incluyen expensas, las cuales alcanzan en promedio el 14,9% del costo
del
precio de oferta de un alquiler”[5].
En
tanto Zonaprop considera que la rentabilidad
para la CABA expresa una relación alquiler/precio que sube respecto al
mes
previo, ubicándose en 4.07% anual.
Se necesitan 24.5 años de alquiler para recuperar la inversión, 25% menos de lo requerido un año atrás.
La
misma empresa analista de mercados apunta
que, para las locaciones de vivienda en la zona Norte del GBA, “el
precio medio
de alquiler de un departamento de 2 habitaciones sube 4.1% en el mes de
octubre
y se ubica en $ 75.301 por mes. En el tercer trimestre de 2022 los
precios
suben 13.7%, 8.7 p.p. por debajo de la inflación del mismo período
(22.4%). En
los últimos 12 meses los precios caen 18.7% en términos reales”. En
cuanto a la
rentabilidad la relación alquiler/precio se recupera levemente y se
ubica en 3.11% anual. Se necesitan,
según su
informe, 32.1 años de alquiler para repagar la inversión de compra, 10%
menos
que un año atrás.
En
la zona Oeste-Sur el “precio medio de
alquiler de un departamento de 2 ambientes en municipios relevados sube
5.5% en
el mes y se ubica en $ 52.968.- por mes. Es el quinto mes consecutivo
con
incremento mensual por arriba de 5%. En el tercer trimestre de 2022 los
precios
suben 18.5%, más que el incremento del Q2 (17.2%) y Q1 (10.8%). En los
últimos
12 meses los precios suben 9.3 p.p. por debajo de la inflación”.
Añadiendo: “La
relación alquiler precio retrocede consecuencia de la depreciación del
peso,
ubicándose en 2.93% anual. Se necesitan 34.1 años de alquiler para
repagar la
inversión de compra, 6% menos que un año atrás”.
En
este estado de situación, la meneada ley de
alquileres no pudo ser desbancada
por la oposición política y, se espera, que tampoco pueda ser tratada
su
modificación durante el próximo año, ya que el oficialismo ve que, en
el
contexto inflacionario, el Índice de Contratos de Alquiler que
proporciona el
Banco Central de la República Argentina, retiene en parte mayores
aumentos de
los precios locativos.
Para
sumar al debate, la Asociación Inquilinos
Agrupados introdujo en la Legislatura local el proyecto de ley
bautizado como Régimen de Alquiler Protegido,
por el
que se entiende por vivienda vacía
a
todo inmueble con destino de vivienda que se encuentre deshabitado en
forma
permanente y sin causa justificada por el plazo de 3 meses y por Alquiler Protegido el sistema que
funcionará dentro del ámbito del Instituto de la Vivienda de la Ciudad
(IVC)
por el cual aquellas viviendas vacías por más de 90 días se pondrán en
alquiler, en un sistema administrado por el IVC, el cual tendrá un
valor
mensual del 1% del valor fiscal homogéneo de la vivienda; se crea un
registro
de viviendas vacías con el fin de poder establecer sobre estas el
sistema de
alquiler protegido y un registro de demanda habitacional de viviendas
en
alquiler en todas las comunas de la Ciudad de Buenos Aires (del que
damos
cuenta en el acápite de Legislación).
En
el sector corporativo y de oficinas, Buenos
Aires, refleja – en el informe trimestral de Newmark – “indicadores
positivos”:
El valor promedio de alquiler para oficinas clase A se estabilizó en
23,8
U$S/m²/mes, y continúa sin registrar cambios significativos en
comparación con
el último trimestre.
Además,
el porcentaje de vacancia mostró un leve
descenso hasta 16,2%. Durante el tercer trimestre de 2022, el mercado
exhibió
signos positivos. Transacciones puntuales dejaron una superficie tomada
de
22.561 m2, y una superficie liberada de -10.703 m². Como resultado la
absorción
neta trimestral fue de 11.487 m2[6].
En
el nominado como “mercado industrial”,
Newmark estima en el 3Q 2022 que el valor promedio de alquiler para centros logísticos clase A no presentó
variaciones cerrando en 6,7 U$S/m2/mes.
El
porcentaje de vacancia cerró en 9,3%,
representando un descenso de 0,2 puntos porcentuales, respecto del 2T
2022.
En
el segundo trimestre de 2022, el mercado
continúa en la senda positiva, cerrando el periodo con una absorción
neta de
3.120 m2, define el informe[7].
En
definitiva, como anticipamos en el subtítulo,
un presente promisorio para todos
los
segmentos del sector que impacta directamente en la actividad
profesional de
las abogadas y los abogados interesados en estas áreas de práctica, sin
perjuicio de la incertidumbre que
avizora el 2023, año electoral, en el que nuevamente confrontarán, al
menos,
dos diseños contrapuestos, uno que intentará profundizar la
reindustrialización
y lograr una distribución justa de los ingresos (tan lesionada en los
últimos
años) y otro que pretende retornar a la financiarización de la
economía, concentrándola
aún más para que genere – si es que existe – el “derrame” hacia el
resto de los
actores económicos, en un escenario de acentuación de la primarización
productiva y el extractivismo (incluso el inmobiliario, del que la CABA
es una
muestra palmaria), en rasgos muy generales.
Para
develar el futuro más cercano, no resta
demasiado.
Augurando
que culminen de la mejor forma este
trajinado año, nos despedimos – solo si Dios así lo permite – hasta la
venidera
entrega de nuestro Suplemento. Afectuosos saludos.
Citar: elDial.com - CC78C3
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