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Presunciones y responsabilidad jurídica
Por Mariano Gagliardo
Publicado por elDial.com
“En la responsabilidad, existe una variedad de presunciones vinculadas a los elementos que componen aquel instituto que, aunados, contribuyen a clarificar las distintas materias involucradas (…) usualmente las presunciones son examinadas en relación a lo formal, es decir, como instrumentos vinculados con el régimen probatorio, de manera que atribuyen otros hechos relaciones más o menos vinculados con las circunstancias que se trata de acreditar. Mediante estos hechos, se arriba, a través del razonamiento, a la verificación del hecho que se investiga: así, la prueba de presunciones se denomina prueba indirecta o circunstancia (…) Hasta aquí, las presunciones consideradas tienen virtualidad en la esfera procesal; sin embargo, una presunción de culpa que no admite prueba en contra, deja de ser una figura procesal -como es la esencia de las verdaderas presunciones-, para convertirse en una regla de derecho material.”
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Términos mencionados en esta doctrina: presunciones, presunción, voluntad, responsabilidad, jurídica, procesal.