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¿Qué contratos de locación deben declararse-registrarse ante la AFIP?
Por Luis Alejandro Rizzi
Publicado por elDial.com
"La ley 27551 dispuso en el primer párrafo de su artículo 16 que “Los contratos de locación de inmueble deben ser declarados por el locador ante la Administración Federal de Ingresos Públicos de la Nación (AFIP), dentro del plazo, en la forma y con los alcances que dicho organismo disponga. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) debe disponer un régimen de facilidades para la registración de contratos vigentes. El incumplimiento del locador lo hace pasible de las sanciones previstas en la ley 11.683 (t. o. en 1998 y sus modificaciones). Esta obligación ha planteado dos dudas principales que han sido y son motivo de consulta por locadores y locatarios, la primera tiene que ver con precisar ¿Qué contratos deben ser declarados/registrados ante la AFIP? y la segunda ¿Cómo juegan las renovaciones?”
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Términos mencionados en esta doctrina: contratos, locación, vigentes, artículo, declarados, administración, ingresos, públicos, facilidades, registración.