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octubre  31, 2024

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La relación de causalidad en el Código Civil y Comercial y algunos extravíos jurisprudenciales

Por Marcelo J. López Mesa

Publicado por elDial.com


“Si no se puede trazar un nexo adecuado de causalidad entre el daño acreditado y la conducta del responsable -o la intervención de una cosa, que se encuentre dentro de su esfera de custodia o garantía-, no se configura un supuesto de daño resarcible. Sencillamente, porque un reclamante no puede obtener resarcimiento de quien no se encuentra unido al daño por un nexo de causalidad, que cumpla las exigencias legales del sistema adoptado por el legislador, el de causalidad adecuada (art. 1726 CCC). Un monto dinerario así otorgado sería una concesión graciosa o un acto de beneficencia, en vez de un resarcimiento.

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Términos mencionados en esta doctrina: causalidad, relación, responsable, intervención.

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