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El correo electrónico en los juicios de divorcio antes y después de la Ley 26.994
Por Beatriz Escudero de Quintana
Publicado por elDial.com
“La introducción de correspondencia entre cónyuges o de uno de ellos con terceros, sea en papel o electrónica, ha perdido gran parte de su importancia. Habiéndose regulado el “divorcio remedio”, sin atribución de culpa, resultarían inadmisibles todas las pruebas –entre ellas la que nos ocupa- tendientes a demostrar infidelidades, malos tratos, etc. Todas estas cuestiones no son analizadas al momento de decretarse el divorcio. Sin embargo, no ha desaparecido la posibilidad de utilizar correos electrónicos como prueba en los juicios de divorcio. Efectivamente, el divorcio tiene efectos personales y patrimoniales varios, sobre los cuales es preciso adoptar decisiones.”
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Términos mencionados en esta doctrina: divorcio.