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La Corte Suprema de Justicia de la Nación deniega una técnica lesiva de la vida e integridad física de los embriones. A propósito de la ley de reproducción humana asistida y su decreto reglamentario
-Comentario al fallo: “L.E.H. y Otros c/ O.S.E.P. s/amparo” de la CSJN-
Por Eduardo Martín Quintana
Publicado por elDial.com
“No cabe duda de la acertada decisión de la Corte al confirmar la sentencia de la Sala I de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza. En efecto, tratándose de embriones humanos, resolver lo contrario hubiera sido avalar el descarte y/o congelamiento cuyo resultado a futuro es similar al descarte, de gran número de los embriones así `diagnosticados´, violándose no sólo lo establecido por la legislación vigente, sino también por la Constitución Nacional y tratados.”
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Términos mencionados en esta doctrina: embriones, descarte, justicia, congelamiento.