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octubre  31, 2024

(5411) 4371-2806

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INTERESES. Código Civil y Comercial de la Nación. Aplicación. Hecho anterior a su entrada en vigencia. Consecuencias no agotadas. Artículo 768 del Código Civil y Comercial de la Nación. Interpretación.-

Publicado por elDial.com

1- El crédito que versa sobre los intereses no brota íntegro en un momento determinado, sino que nace paulatinamente, pro rata temporis, mientras el crédito principal los produzca.- 2- Los interese ...

1- El crédito que versa sobre los intereses no brota íntegro en un momento determinado, sino que nace paulatinamente, pro rata temporis, mientras el crédito principal los produzca.-

Citar: elDial.com - AE2AED

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