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BIEN DE FAMILIA. Subrogación real. Código Civil y Comercial de la Nación. Requisitos para su procedencia. Constitución bajo la ley derogada.-
Publicado por elDial.com1- Para que la subrogación real que prevé el art. 248 del Código Civil y Comercial opere, según la letra de la ley, debería mediar "la adquisición" de otra vivienda "que sustituya" a la anterior. Así, ...
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