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Causa N° CUIJ: 13-02843392-6(012174-9058901) - “Minera del Oeste SRL Y OT. c/ Gbno. de la provincia p/ acción inconstitucionalidad” - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE MENDOZA – 16/12/2015
Publicado por elDial.comRECURSOS NATURALES. MINERÍA. DECLARACIÓN DE VALIDEZ CONSTITUCIONAL DE LA LEY 7722, que prohíbe en el territorio de la Provincia de Mendoza el uso de sustancias químicas como cianuro, mercurio, ácido sulfúrico y otras sustancias tóxicas similares en los procesos mineros. Razonabilidad. PROTECCIÓN DEL RECURSO HÍDRICO. DERECHO HUMANO AL AGUA. Desarrollo sustentable. Principio protectorio. Arts. 41 y 124 de la CN. Declaración de impacto ambiental. DISIDENCIA PARCIAL: Inconstitucionalidad del primer párrafo del art. 3 de la Ley 7722. Afectación del art. 1 de la CN y arts. 1 y 12 de la Constitución Provincial. Zona de reserva de la Administración
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Publicado el 28/12/2015
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Términos mencionados en este fallo: minera, sustancias, constitucional, mendoza, recursos, provincia, inconstitucionalidad, naturales, territorio, químicas.