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Expte. 10488 - "G. A. M. c/ L. M. Z. s/ Desalojo Falta De Pago” - CÁMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE NECOCHEA (Buenos Aires) – 22/03/2016
Publicado por elDial.comDESALOJO. Falta de pago. Abogado del niño. Ley provincial 14568. Capacidad progresiva en el Código Civil y Comercial de la Nación. Arts. 24, 26, 109 y concs. del CCCN. Niño de cuatro años de edad. No se alcanzó el grado de madurez suficiente para la participación en el proceso. Acción que no incumbe de modo directo al niño. Ausencia de interés autónomo o personal. Actuación del Asesor de Menores departamental. SE CONFIRMA LA SENTENCIA QUE RECHAZÓ LA DESIGNACIÓN DEL ABOGADO DEL NIÑO
Citar: elDial.com - AA9640
Publicado el 27/04/2016
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Términos mencionados en este fallo: desalojo, comercial, capacidad, progresiva, suficiente, participación.