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Expte. N° 4289/2013 - “B. A. J. y Otros c/ B. B. C. s/Acción de Colación” – CÁMARA DE APELACIÓN EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE JUNÍN (Buenos Aires) - 26/05/2016
Publicado por elDial.comSUCESIONES. DONACIONES que exceden la suma de la porción disponible y la porción legítima del donatario. Posturas doctrinarias y jurisprudenciales acerca de si están sujetas a reducción o si solo se debe el valor del excedente a modo de colación. ARTÍCULOS 2386, 2453 y 2458 DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN. Derecho vigente. Supuesto en el que el valor de lo donado absorbió todo el acervo hereditario. Restitución a título de reducción. Se confirma la sentencia que ordenó reintegrar el 50% indiviso del inmueble
Citar: elDial.com - AA9727
Publicado el 03/06/2016
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Términos mencionados en este fallo: reducción, porción, colación, disponible, legítima, donatario, donaciones, excedente.