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Expte. N° 1200/15 - “B, C. E. C/ M., M. S/ NULIDAD DE MATRIMONIO” – TRIBUNAL COLEGIADO DE FAMILIA Nº 7 DE ROSARIO (Santa Fe) – 28/07/2016
Publicado por elDial.comMATRIMONIO. NULIDAD. Vicios del consentimiento. ERROR. Derecho transitorio. Aplicación del Código Civil y Comercial. ARTÍCULO 409 inc. b). HOMOSEXUALIDAD DEL MARIDO. Características personales del demandado que, de haber sido conocidas por la cónyuge, hubieran modificado la decisión de contraer matrimonio. Cumplimiento del plazo para interponer la demanda desde que cesó la cohabitación. Art. 425 del CCCN. Buena fe de la solicitante. SE DECLARA LA NULIDAD DEL MATRIMONIO
Citar: elDial.com - AA9897
Publicado el 12/08/2016
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Términos mencionados en este fallo: matrimonio, decisión, comercial, personales, demandado, contraer, consentimiento, características, hubieran, modificado.