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Expte. 23549/2016 - “M., F. A. y Otro c/ A., C. E. s/Alimentos” – JUZGADO NACIONAL CIVIL Nº 92 – 30/05/2017 (Sentencia no firme)
Publicado por elDial.comDEBERES Y DERECHOS DE LOS PROGENITORES. ALIMENTOS. Artículo 669 del CCCN. Solicitud de reembolso de lo gastado por la progenitora desde el nacimiento de su hija hasta que el progenitor comenzó a pagar la cuota alimentaria provisoria. RECHAZO. Situación que escapa el supuesto para el que fue pensada la solución del artículo. Ausencia de abandono o falta de voluntad por parte del demandado, quien tenía la intención de reconocer a la hija, pero debió iniciar una acción contra quien ostentaba el estado de padre biológico. Hasta la sentencia de desplazamiento filial e inscripción del reconocimiento, el demandado no estaba obligado al pago de alimentos. DOCTRINA DE LOS ACTOS PROPIOS. Acción contraria al obrar de la accionante que en el proceso de impugnación de paternidad solicitó el rechazo de la demanda interpuesta por la misma persona a quien hoy está demandando. SE DESESTIMA LA ACCIÓN DE REEMBOLSO
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Publicado el 29/06/2017
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Términos mencionados en este fallo: alimentos, derechos, progenitor, progenitora, situación, sentencia, artículo, reembolso, supuesto, demandado.