Limpiar filtros

Jurisprudencia

Inicio / Jurisprudencia

octubre  31, 2024

(5411) 4371-2806

Resumen del Fallo Volver >

Expte. Nº 30094 – 2015 - "G. G. D. L. y G. J. L. s/homologación de convenio” – CÁMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, MINERÍA Y FAMILIA CON COMPETENCIA TERRITORIAL EN LA II, III, IV Y V CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ZAPALA (Neuquén) - SALA PRIMERA – 06/12/2017

Publicado por elDial.com

ALIMENTOS ENTRE CÓNYUGES. ARTÍCULOS 432 Y 434 DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN. Celebración durante la separación de hecho, de un acuerdo de alimentos a favor de la cónyuge, fundado en razones de necesidad. Posterior dictado de sentencia de divorcio y orden de cese de la cuota alimentaria a pedido del ex marido. EXTINGUIDO EL VÍNCULO MATRIMONIAL EL EX CÓNYUGE QUE PRETENDE ALIMENTOS DEBE PROBAR ALGUNOS DE LOS SUPUESTOS DEL ART. 434 DEL CCCN. SE CONFIRMA LA RESOLUCIÓN QUE DISPUSO EL CESE DE LA CUOTA

Citar: elDial.com - AAA60A



Publicado el 15/02/2018

Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina


Términos mencionados en este fallo: alimentos, divorcio, alimentaria, comercial.



SUSCRIBITE PARA VER EL FALLO COMPLETO

LIBROS Y CURSOS JURÍDICOS QUE PODRÍAN INTERESARTE