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Expte. Nº 115842035 - “C. M. D. L. A. C/ M. A. E. S/ ALIMENTOS” - JUZGADO DE FAMILIA Nº 5 DE LA MATANZA (Buenos Aires) – 30/06/2020 (Sentencia firme)
Publicado por elDial.comOBLIGACIÓN DE ALIMENTOS. HIJO POR NACER. Filiación extramatrimonial. ARTÍCULOS 664 Y 665 DEL CCCN. Posibilidad de reclamar alimentos antes de que se establezca – en sede judicial- la filiación. TUTELA JUDICIAL EFECTIVA. Encuadre dentro del marco de las medidas cautelares. Cobertura sin demora de las necesidades imprescindibles, elementales y urgentes del reclamante. Normativa de protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes. Arts. 18 y 37, inc. c). de la Ley 26.061. Reconocimiento del derecho a los alimentos para la mujer embarazada. ACREDITACIÓN, PRIMA FACIE, DE LOS EXTREMOS INVOCADOS. SE FIJAN ALIMENTOS PROVISORIOS. Decisión condicionada a lo que oportunamente se resuelva en la sentencia
Citar: elDial.com - AABEBA
Publicado el 24/09/2020
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Términos mencionados en este fallo: alimentos, filiación, extramatrimonial, judicial, cautelares, imprescindibles, embarazada, provisorios.