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Expte. Nº 10055-20 - “S.C., L.H., S.L.F., s/ protección de personas" - JUZGADO DE PAZ DE LA LOCALIDAD DE MBURUCUYÁ (Corrientes) - 30/09/2020 (Sentencia no firme)
Publicado por elDial.comMANDATO PREVENTIVO. LENGUAJE CLARO. Artículo 1711 del CCCN. Inicio de actuaciones de oficio al tomar conocimiento de la situación de vulnerabilidad de una pareja de personas adultas mayores que habitan en zona rural y conviven con su hija mayor de edad. Restricción a la capacidad aun no declarada judicialmente. Seria adicción a las bebidas alcohólicas. Precaria situación económica de la familia. Agresividad. 100 REGLAS DE BRASILIA PARA EL ACCESO A LA JUSTICIA DE PERSONAS EN CONDICIONES DE VULNERABILIDAD. Traslado de la hija a centro de salud mental a efectos de estabilizarla y garantizar su bienestar físico y psicológico. Prohibición de venta y expendio de bebidas alcohólicas a la persona afectada por la adicción. SE DISPONEN DIFERENTES MEDIDAS DE PROTECCIÓN PARA TODO EL GRUPO FAMILIAR VULNERABLE. Se dispone el cuidado personal de la involucrada a cargo de los progenitores. Reglas de conducta y orden del lugar. Transcripción de la resolución en lenguaje "fácil"
Citar: elDial.com - AABF6C
Publicado el 16/10/2020
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Términos mencionados en este fallo: personas, lenguaje, vulnerabilidad, justicia, preventivo, conocimiento, situación.