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Expte N° TG-867-2023 – “B L C/ K S S/ medidas protectorias” – CÁMARA DE APELACIÓN EN LO CIVIL Y COMERCIAL SALA II DE SAN ISIDRO (Buenos Aires) – 08/06/2023
Publicado por elDial.comMEDIDAS PROTECTORIAS. Se confirma la sentencia de grado que dispuso que el ex cónyuge administre un inmueble que habría sido sede del hogar conyugal. Prueba. El actor acompañó documental que dio cuenta de los gastos del bien que se encontraban sin sufragar, la mayoría de ellos de fecha posterior al retiro de su ex cónyuge de la que fue la vivienda familiar. La administración encargada al ex marido parece estar en condiciones de redundar en beneficio de la masa en caso de que el inmueble la integre al momento de la partición
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Términos mencionados en este fallo: protectorias, inmueble.