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octubre  31, 2024

(5411) 4371-2806

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Expte. N° 69.261/2019 - “H., N. B. c/ M., J. A. s/ Sucesión ab intestato s/ Fijación de Compensación arts. 524, 525 CCCN.” – CNCIV – SALA H - 04/09/2023

Publicado por elDial.com

COMPENSACIÓN ECONÓMICA. Demandadas apelan el decisorio de grado que hizo lugar a la demanda por compensación económica y atribución de la vivienda familiar a favor de la conviviente de quien en vida fuera su padre. El concepto de vida familiar no está reducido únicamente al matrimonio y debe abarcar otros lazos familiares de hecho donde las partes tienen vida en común por fuera del matrimonio. No se prueba la existencia de un pacto expreso y explícito de distribución de bienes entre la actora y el causante. Bienes adquiridos durante la convivencia y repartidos en vida del causante. Se modifica el decisorio de grado apelado. Se fijar una renta mensual en concepto de COMPENSACIÓN ECONÓMICA por parte de las demandadas a favor de la actora de $ 500.000 durante el plazo de 4 años a partir de la fecha de la sentencia de Alzada, monto que se actualizará trimestralmente conforme el ÍNDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR. Dichos valores se abonarán hasta el vencimiento del plazo o su deceso, lo que ocurra primero. Se declara que el DERECHO REAL DE HABITACIÓN de la conviviente supérstite SE ENCUENTRA EXTINGUIDO por haber transcurrido el plazo máximo legal desde el fallecimiento del causante. La edad avanzada de la actora y su situación de vulnerabilidad en este caso no pueden servir de sustento a contrariar la norma aplicable. No se advierte que la actora quede desprotegida, más cuando tiene ingresos propios, otra propiedad de la cual es titular y una renta compensatoria

Citar: elDial.com - AADB20

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Términos mencionados en este fallo: familiar, conviviente, decisorio, vivienda, compensación, demandadas, compensación, económica, económica, atribución.



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