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La garantía de inmediación en los procesos de determinación de la capacidad jurídica. Sobre una correcta interpretación del art. 35 del CCCN
- Comentario al fallo “B. L. s/Determinación de la capacidad jurídica” de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de San Isidro-
Por Juliano Amarilla Ghezzi
Publicado por elDial.com
“El fallo que comentamos, hace una recta aplicación de los principios contenidos en el art. 35 del CCCN, de las normas internacionales que rigen en la materia que consagran el acceso a la justicia para las personas con discapacidades y del derecho a ser oído. Estas suponen una obligación indelegable del juez cuyo incumplimiento puede obstar a la nulidad de lo actuado. La sentencia sienta bases sólidas respecto de los procesos de determinación de la capacidad jurídica y, fundamentalmente, a la garantía de inmediación consagrada en el art. 35 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCCN).”
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Términos mencionados en esta doctrina: cumplimiento, capacidad, garantía, procesos, determinación, jurídica, obligación.