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abril  25, 2024

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Los abusos de los DNU y la levedad del Congreso de la Nación

Por Luis Alejandro Rizzi

“Cuando se trató el tema fueron muy ilustrativas las consideraciones del constituyente Miguel Ángel Ortiz Pelegrini que transcribiré: “…La propia Constitución ha puesto un escenario importantísimo. Ya no pueden decidir solitos, encerrados en un despacho, sino que debe haber un escenario, el del acuerdo general de ministros. Y ello indica, a mi criterio, que la Constitución ha eliminado la posibilidad de una decisión unipersonal, aunque por supuesto el presidente tenga la voluntad hegemónica. Pero, en este caso, también habrá que considerar la voluntad de los ministros, por disposición de la propia norma. Esto es importante y ya veremos también por qué. Porque los ministros deben refrendar posteriormente el decreto, lo cual genera responsabilidad porque si los hechos no se desarrollaran de acuerdo con la Constitución, se podrá responder con el juicio político si fuera necesario. Entonces, dejo en claro esta enorme innovación. No se trata de una decisión unipersonal sino de un acuerdo de ministros, refrendado por todos ellos. Este es el primer paso.” (CONVENCIÓN NACIONAL CONSTITUYENTE 19ª Reunión 3ª Sesión Ordinaria (Continuación) 28 de julio de 1994).”

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Términos mencionados en esta doctrina: ministros, decisión, acuerdo, constitución, general, ejecutivo, congreso, constituyente, escenario, presidente.

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