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Una mirada a la flamante Resolución General 4815/2020 (AFIP)
Por Sebastián Moreno Fleming
Publicado por elDial.com
“En plena crisis económica, la AFIP emitió la flamante Resolución General 4815/2020, publicada en el Boletín Oficial el día 16 de setiembre de 2020, que entró en vigencia ese mismo día y resulta aplicable a las operaciones efectuadas a partir de dicha fecha. Bajo la premisa de una supuesta igualdad del “esfuerzo fiscal” que se viene llevando a cabo, argumentando que también debe ser compartido por quienes pueden acceder a la compra de divisas en moneda extranjera o realizar determinados gastos en dicha moneda, con un fundamento que estriba en que ello “constituye un indicador de capacidad contributiva”, lo que de ninguna manera es un análisis riguroso de la realidad.”
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Términos mencionados en esta doctrina: flamante, resolución, operaciones.
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