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abril  6, 2026

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Derecho internacional privado y criptomonedas: el tribunal competente para entender en relaciones contractuales con plataformas transnacionales de criptomonedas y otros criptoactivos. Comentario al fallo “Biquard, Carolina c/ Xapo Bank Limited y otro s/ordinario” de la CNCOM

Por Germán Peláez Moll

Publicado por elDial.com


“El reciente fallo dictado en la causa “Biquard, Carolina c/ Xapo Bank Limited y otro” constituye un precedente de singular relevancia, al abordar la determinación de la jurisdicción internacional en un conflicto derivado de operaciones con criptoactivos realizadas a través de una plataforma extranjera. La decisión judicial no solo resuelve una cuestión puntual de competencia, sino que pone en evidencia las dificultades estructurales que enfrenta el derecho internacional privado argentino para dar respuesta a las nuevas formas de contratación digital. El presente trabajo tiene por objeto analizar los principales problemas jurídicos que emergen del caso Biquard, con especial énfasis en la discusión relativa a la calificación de la actividad bancaria como materia de consumo, la naturaleza jurídica de los criptoactivos, las diversas operaciones económicas que pueden realizarse con ellos y la determinación del lugar de celebración del contrato en entornos digitales. Asimismo, se examinarán las tensiones entre la autonomía de la voluntad y el orden público consumeril, así como las limitaciones del marco normativo vigente para dar adecuada respuesta a estos fenómenos.”

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Términos mencionados en esta doctrina: criptoactivos, internacional, operaciones, contratos, carolina, precedente, determinación, respuesta.

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