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Desobediencia de restricción de contacto y violencia digital
Por Gustavo Eduardo Aboso
Publicado por elDial.com
“… no cabe duda de que la interacción digital en la que incursionó el acusado fue deliberada con el objeto de ejemplificar una vez más su dominio sobre la víctima en el entorno digital. La sensación de miedo, angustia y revictimización que significó accionar el botón “me gusta” en la publicación realizada por la víctima se ajusta de manera cabal a una forma de violencia digital contra la mencionada, ya que de esa forma el autor exterioriza la imposición de su voluntad de control sobre la actividad de la afectada en las redes sociales.”
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Términos mencionados en esta doctrina: medidas, víctima, digital, desobediencia, acusado, artículo, incumplimiento, violencia, imposición, judicial.
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