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¿Representante de la vindicta pública? La insuficiencia de una categoría tradicional para describir la función constitucional del ministerio público fiscal
Por María Lía Hermida y Fernando Pedro Rota
Publicado por elDial.com
La hipótesis que guía este trabajo sostiene que la expresión "representante de la vindicta pública", aun comprendida en su acepción técnico-jurídica como exteriorización institucional de la persecución penal ejercida en nombre de la sociedad, resulta hoy insuficiente para describir la posición constitucional del Ministerio Público Fiscal argentino. Ello obedece a que la reforma constitucional de 1994, la evolución legislativa y el desarrollo jurisprudencial de las últimas décadas han ampliado y complejizado las funciones y deberes del fiscal, cuya actuación ya no puede explicarse exclusivamente desde la perspectiva del ejercicio de la pretensión punitiva estatal.
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Términos mencionados en esta doctrina: describir, constitucional, vindicta, categoría, ministerio, persecución, representante, institucional, evolución.
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