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El progenitor afín frente al divorcio y la separación: La voz del niño en las familias ensambladas
Por Agustina Díaz Cordero
Publicado por elDial.com
“El Código Civil y Comercial de la Nación (en adelante, CCCN) incorporó, a partir del art. 672, una figura hasta entonces ajena a nuestra tradición legislativa: el progenitor afín, es decir, el cónyuge o conviviente que comparte la vida cotidiana con quien tiene a su cargo el cuidado personal de un niño, niña o adolescente (NNyA) . La norma buscó dar respuesta jurídica a la realidad, cada vez más extendida, de las llamadas familias ensambladas, conceptualizadas como la estructura familiar originada en el matrimonio o en una unión convivencial de pareja, en la cual uno o ambos integrantes tienen hijos provenientes del casamiento anterior o de la unión de hecho previa.”
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Términos mencionados en esta doctrina: progenitor, vínculo, conviviente, responsabilidad, personal, voluntad, parental.
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