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Honorarios en juicios contra el Estado nacional
Por Natalia Analía Martínez
Publicado por elDial.com
“Los honorarios profesionales tienen, en primer lugar, un indudable rango constitucional, estando amparados por las garantías que brinda la Carta Magna a la propiedad (arts. 14 y 17 de la CN), la igualdad (arts. 16 y 75, inc. 19), la razonabilidad (arts. 28 y 31) y el afianzamiento de la justicia” (PESARESI, Guillermo. Honorarios. Guía práctica profesional, Editorial Estudio, Bs. As., 2021, pág. 11).”
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Términos mencionados en esta doctrina: honorarios, profesionales, justicia, nacional.
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