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Algo más sobre algunos aspectos en conflictos familiares, a partir de la implementación del C.C. y C. ley 26.994
Por Eduardo Sirkin
Publicado por elDial.com
"... a partir de la vigencia el 1º de agosto de 2015 del Código Civil y Comercial de la Nación, ley 26.994, por imperio de la ley 27.077 la anteriormente regulada patria potestad y tenencia han sido sustituidas por la Responsabilidad Parental y cuidado personal, regulados en los artículos 638 y siguientes."
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Términos mencionados en esta doctrina: personal.
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