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julio  25, 2026

(5411) 4371-2806

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Expte. N° 139055 – “C. M. C. c/ N. J. I. s/ alimentos” – CÁMARA SEGUNDA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA PLATA (Buenos Aires) - SALA PRIMERA– 15/07/2025

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ALIMENTOS. Parte actora solicita se aclare resolución judicial ante un posible error de interpretación. Se admite. Importancia del recurso de aclaratoria para la corrección de errores materiales, aclaración de conceptos oscuros o subsanación de omisiones. LENGUAJE PROCESAL CLARO. Brindar explicaciones claras responde no solo a razones jurídicas, sino también a principios de justicia y respeto hacia las partes. Composición de la CUOTA PROVISORIA DE ALIMENTOS. Obligación del progenitor de cancelar el 50% de la cuota mensual del colegio al que asiste su hija menor de edad.

Citar: elDial.com - AAEA47

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Términos mencionados en este fallo: alimentos, provisoria, ciencias.



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