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Expte. N°xxxx – “M., M. N. c/ C. G., D. A. C. s/ cuidado personal de los hijos” – JUZGADO UNIPERSONAL DE FAMILIA N° 11 DE ROSARIO (Santa fe) – 05/09/2025 (sentencia firme)
Publicado por elDial.comCUIDADO PERSONAL UNILATERAL. Demanda de cuidado personal unilateral de su hijo menor de edad contra el progenitor del niño. Se confirma. Menor de edad convive desde el nacimiento junto a su madre. Madre no recibe ninguna suma de dinero, ni otro tipo de ayuda para el sustento del niño, por parte de su padre ni de la familia paterna. Desinterés por el progenitor en el proceso y respecto del cuidado del hijo y de sus deberes parentales. Alta conflictividad. VIOLENCIA FAMILIAR. Intentos de revinculación parde-hijo frustrados
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Términos mencionados en este fallo: cuidado, personal, progenitor, unilateral, progenitores, familiar, cotidiana.
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