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31497/2018 - “Gonzalez, Gustavo Marcelo y otro c/ Procter & Gamble Argentina S.R.L. s/ ordinario” – CNCOM – SALA B – 18/03/2026
Publicado por elDial.comTASA DE JUSTICIA. Accionante apela la resolución mediante la cual se la intimó al pago de la tasa de justicia. Hecho imponible que consiste en la promoción de la demanda. Oportunidad en la que corresponde su determinación e ingreso. POSIBILIDAD DE REPETIR LO QUE SE PAGUE QUE NO LIBERA DE ESE PAGO AUN CUANDO SE HAYA DETERMINADO QUE LA DEMANDADA CARGUE CON LAS COSTAS DEL PROCESO. Modo de conclusión del proceso que no gravita sobre la tasa judicial. Prestación del servicio de justicia que opera al recibirse el escrito de demanda, sin incidir en la ponderación de tal servicio a los fines tributarios las etapas del juicio efectivamente cumplidas, ni la estimación total o parcial de la pretensión, ni su rechazo, ni la conclusión anormal del proceso mediante acuerdo transaccional por un monto menor del reclamado originariamente. Se confirma el decisorio recurrido.
Citar: elDial.com - AAF02D
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Términos mencionados en este fallo: justicia, mediante, imponible, corresponde, accionante, consiste, promoción, oportunidad, determinación, posibilidad.
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