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abril  14, 2026

(5411) 4371-2806

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Expte. N° 16805/2021 - “Via Laprida, Gerardo Pablo y otro c/ Perasso, Martín Ignacio y otros s/ despido” - CNTRAB - SALA VIII - 20/03/2026

Publicado por elDial.com

LEY MODERNIZACIÓN LABORAL. LEY 27802. INCONSTITUCIONALIDAD. RECHAZO. ACTUALIZACIÓN DE CRÉDITOS. INTERESES. PREVISIBILIDAD. PRINCIPIO DE IGUALDAD. Los planteos de inconstitucionalidad formulados por la actora no pueden ser recogidos por tratarse de argumentos genéricos y dogmáticos. La declaración de inconstitucionalidad de una norma es un acto de suma gravedad institucional y debe considerarse como “última ratio” del orden jurídico. El acierto o error de las soluciones legislativas no resultan aspectos en los que al Poder Judicial le quepa pronunciarse excepto en los casos en que se internen en el campo de lo irrazonable o arbitrario. En cuanto al planteo referido a los artículos 54 y 55 de la ley, no existe incompatibilidad entre ambas normas ni de ellas puede predicarse algún tipo de discriminación respecto a los créditos de los trabajadores, anteriores o posteriores a la sanción de la ley 27.802. La aplicación del IPC más un interés del 3% anual para los créditos generados a partir de la vigencia de la ley responde a una cuestión de previsibilidad. La distinción respecto a los créditos generados con anterioridad radica en que la alta inflación existente desde 2018 ha operado como disparador de montos de condena a veces no susceptibles de ser pagados por el deudor. De compararse el resultado de actualizar el crédito con el 67% del CER más 3% con la tasa CER, no existe una diferencia relevante que pueda llevar a concluir que la metodología legal resulte confiscatoria. Máxime cuando soluciona una cuestión sobre la que no existía criterio jurisprudencial uniforme. El art. 55 de la ley 27.802 no es inconstitucional porque no trata la misma situación que el artículo que lo precede. La diferenciación entre ambas normas es razonable y plausible, en tanto parte del criterio de previsibilidad. Una cosa son los créditos futuros, respecto de los cuales las partes sabrán a qué atenerse; otro muy diferente son los pasados, afectados por la elevada inflación que existió en los últimos años y que no estaban sometidos a un régimen específico.

Citar: elDial.com - AAF03C

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Términos mencionados en este fallo: inconstitucionalidad, previsibilidad, declaración, intereses, principio, igualdad, planteos, argumentos, considerarse, artículos.



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