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Expte. CNT 2927/2014/2RH1 - “Succetti, Luis Esteban c/ Asociart S.A. Aseguradora de Riesgos del Trabajo y otro s/ despido” - CSJN - 25/06/2026
Publicado por elDial.comRIESGOS DEL TRABAJO. RECURSOS. LÍMITE DE LAS CÁMARAS. LÍMITE DE LA APELACIÓN. EXCESO DE JURISDICCIÓN. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO. REVOCACIÓN CONDENA. La cámara, al extender la responsabilidad a la ART, incurrió en un claro exceso de jurisdicción pues el actor no cuestionó la sentencia de grado en cuanto rechazó la demanda contra la aseguradora. La cámara avanzó sobre una cuestión que no le había sido propuesta y que, por ende, era ajena a su conocimiento. Pasó por alto que la jurisdicción de los tribunales de segunda instancia está limitada por el alcance de los recursos concedidos que determinan el ámbito de su competencia decisoria. La prescindencia de tal limitación causa agravio a la garantía constitucional de defensa en juicio. Así como la protección constitucional al trabajador es un mandato constitucional y los jueces deben velar por su absoluta y efectiva vigencia, también lo es que las sentencias constituyan una real expresión de justicia que garantice el debido proceso legal.
Citar: elDial.com - AAF1E8
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