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Expte . N° CI-02062-F-2025 - "XXX s/ medida autosatisfactiva" - UNIDAD PROCESAL 7 DE CIPOLLETTI (Río Negro) – 01/07/2026 (sentencia firme)
Publicado por elDial.comMEDIDA AUTOSATISFACTIVA. VIOLENCIA. Se hizo lugar a la medida autosatisfactiva interpuesta por la actora. Se ordenó el cese de su condición de fiadora, garante solidaria y principal pagadora respecto del contrato de locación comercial suscripto por su exconviviente demandado. Antecedentes judiciales por violencia de género con prohibición de acercamiento El demandado registraba reiterados incumplimientos en la ejecución del convenio regulador de bienes. PERSPECTIVA DE GÉNERO. Forzar a la actora a mantener su patrimonio como garantía de un contrato de su agresor implica someterla a un estado de vulnerabilidad y violencia económica y patrimonial frente a eventuales reclamos por deudas ajenas
Citar: elDial.com - AAF2E1
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Términos mencionados en este fallo: contrato, medida, autosatisfactiva, principal, demandado, violencia, locación, antecedentes, patrimonio, obligación.
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