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Expte. N° 97.054/2021 - “P., G. N. c/ Caminos del Río Uruguay S.A. de Construcciones y Concesiones Viales s/ daños y perjuicios” – CNCIV – SALA A – 26/08/2026
Publicado por elDial.comDAÑOS Y PERJUICIOS. Acción de daños y perjuicios por un siniestro vial al cruzarse un animal en medio del camino. Aplicación de la doctrina “Bianchi” CSJN. Obligación del concesionario de la ruta a adoptar las medidas de prevención adecuadas a los concretos riesgos existentes en la ruta concesionada en tanto resulten previsibles. Los elementos probatorios resultan suficientes para tener por acreditado el contacto entre el vehículo del actor y del animal en el accidente. Caso fortuito. Rechazo. La presencia de animales en ese sector de la ruta resulta previsible. Se hace lugar a la demanda contra la empresa concesionaria demandada
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Términos mencionados en este fallo: perjuicios, obligación, animales, concesionario, adecuadas, previsible, demandada, fortuito, presencia, concesionaria.
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