Resumen del Fallo Volver >
12244/2025 - “Perea, Diego le pide la quiebra Ugartemendia, Andres” – CNCOM – SALA A – 17/09/2026
Publicado por elDial.comPEDIDO DE QUIEBRA. PRESUNTO FALLIDO. EXPLICACIONES. INTIMACIÓN A ACREDITAR ESTADO “IN BONIS”. DEPÓSITO DE LA SUMA RECLAMADA. INAPELABILIDAD. ARTS. 84, 94, 273 INC. 3° Y 274 LCQ. GRAVAMEN IRREPARABLE. ART. 242 CPCCN. Apela el presunto fallido la resolución por la cual el Juez de grado rechazó las explicaciones brindadas, intimándolo para que, dentro del quinto día, demuestre encontrarse “in bonis” depositando las sumas reclamadas, bajo apercibimiento de decretársele la quiebra. Resolución atacada que resulta inapelable, no sólo en virtud de la regla general de inapelabilidad vigente en materia concursal. Existencia de recursos específicos para conjurar la eventual efectivización del apercibimiento o el posible rechazo del pedido de quiebra, en su caso. Decisión que no es susceptible de causar gravamen. Resolución que no es susceptible del remedio intentado, por lo que no corresponde que este Tribunal se pronuncie en esta instancia sobre los agravios vertidos. Recurso mal concedido.
Citar: elDial.com - AAF4B3
Copyright 2026 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina
Términos mencionados en este fallo: quiebra, pedido, presunto, fallido, explicaciones, resolución, apercibimiento, inapelabilidad, gravamen, irreparable.
Análisis con IA
¿PROBASTE NUESTROS SERVICIOS?
LIBROS Y CURSOS JURÍDICOS QUE PODRÍAN INTERESARTE