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Expte. Nº 3065/2016-0 – “Sindicato de Peones de Taxis de la Capital Federal y otros c/ GCBA y otros s/ otras demandas contra autoridad administrativa – genérico” - JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Nº 15 – 19/03/2020
Publicado por elDial.comTRANSPORTE DE PASAJEROS. UBER. CORONAVIRUS. Se reiterar al GCBA que la actividad que desarrolla la empresa UBER como servicio de transporte de cosas o personas, se encuentra prohibida en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires. Salud pública. Decreto 260/2020
Citar: elDial.com - AABAE5
Publicado el 20/03/2020
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Términos mencionados en este fallo: transporte, reiterar, actividad, desarrolla, servicio, personas, encuentra, prohibida.
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