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mayo  17, 2024

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Jurisprudencia

  • DAÑOS Y PERJUICIOS. RESPONSABILIDAD DEL ABOGADO. MALA PRAXIS. Deficiente labor: falta de promoción del juicio laboral por despido encomendado. Caducidad de instancia del incidente de verificación en el proceso de concurso de la empleador. PÉRDIDA DE CHANCE. La indemnización no se basa en la suma reclamada en la demanda del juicio perdido. DAÑO MORA...>

    “C. E. R. c/ A. E. J. s/ Daños y Perjuicios. Resp. Prof. Abogados” - CNCIV - 09/2013

  • En el marco de un caso de responsabilidad del abogado por caducidad de instancia una sentencia de la SALA D de la Cámara de apelaciones en lo Civil confirmó el acuse de caducidad de instancia articulado, admitiendo también una multa a la letrada por temeridad y malicia porque adjuntó un instrumento emitido por un Organismo del que ella era responsable, a los efectos de acreditar la interrupción del cómputo de caducidad. Presentamos a continuación la sentencia de primera instancia del Juzgado Nacional en lo Civil nº 75, seguido del pronunciamiento de la Sala D de la Cámara Civil

    CADUCIDAD DE LA INSTANCIA. Circunstancias que pudieren justificar una presunta inactividad y que se formulan una vez transcurrido el plazo de caducidad. Pérdida de virtualidad. Apreciación de la caducidad que es objetiva, ya que el juez debe verificar el impuso de la instancia de acuerdo a las constancias que obren en la causa. Se confirma la sent...>

    “N. J. A. c/ Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires s/ daños y perjuicios” – JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Nº 75 – 05/2013 (Sentencia no firme)

  • CADUCIDAD DE LA INSTANCIA. Circunstancias que pudieren justificar una presunta inactividad y que se formulan una vez transcurrido el plazo de caducidad. Pérdida de virtualidad. Apreciación de la caducidad que es objetiva, ya que el juez debe verificar el impuso de la instancia de acuerdo a las constancias que obren en la causa. Se confirma la sent...>

    “N. J. A. c/ Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires s/daños y perjuicios” - CNCIV - 08/2013

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